El crucero «Seaborun Sojorun» durante una escala en aguas de Ciutadella en el año 2014. | Josep Bagur Gomila

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El artículo 21 de la Ley de Navegación Marítima aprobada en 2014 establece que «el derecho a navegar no incluirá el de detenerse o fondear fuera de las zonas de servicio de los puertos, salvo caso de fuerza mayor», como un temporal o una avería. Como causa de fuerza mayor no se incluye, en ningún caso, el interés comercial que lleva a una compañía de cruceros a hacer escala en un destino concreto.

La aplicación de esta normativa ha provocado que desde hace unos meses Capitanía Marítima no autorice el fondeo de cruceros en aguas no portuarias de Ciutadella. Así las cosas, los barcos como mercantes, ferris o cruceros solo podrían permanecer anclados en la zona II del puerto de Son Blanc, con un permiso de Ports de les Illes Balears, pero este espacio siempre ha sido muy reducido, insuficiente para la mayor parte de cruceros, y además se ha visto todavía más limitado por la entrada en vigor de la reciente normativa, en este caso autonómica, para la protección de las praderas de posidonia.

Este artículo 21 de la Ley de Navegación Marítima se fundamenta en los problemas de seguridad que conlleva siempre un fondeo en aguas abiertas y el dispositivo de desembarco que conlleva, según explica el jefe del Distrito Marítimo de Maó, José Luis Ortega. «La filosofía es que donde se puede amarrar, no se fondee», y en el caso de Menorca el atraque es viable en el puerto de Maó.Por lo tanto, hay opción. Las dimensiones y la actividad de Son Blanc descartan para Ciutadella esta posibilidad. Para Capitanía Marítima echar el ancla y recurrir al barqueo de los pasajeros se debe entender como algo excepcional, esporádico, no como algo habitual, programado y un recurso empresarial de las compañías de cruceros. El proceso habitual de implantación de una ley nueva y la casi nula actividad existente durante la pandemia han provocado que sea ahora cuando se vean los efectos de la aplicación de la normativa.

La consecuencia es que las alrededor de 14 escalas programadas este año en Ciutadella, una cifra inusualmente elevada, además de algunas ya de 2022, 2023 o incluso 2024, se han tenido que anular o, en buena parte, ser trasladadas a Maó. Además, este puerto recibirá, según explican consignatarios, algún barco turístico afectado por la no autorización de fondeos en Sòller, Mallorca. Se da la circunstancia de que Ciutadella es el único puerto de titularidad autonómica de Balears que cuenta con zona II. Una solución sería ampliar esta zona II, pero no es para nada un procedimiento sencillo.

La situación ha incomodado a los consignatarios. Desde la patronal Apeam, no obstante, prefieren no hacer declaraciones y se limitan a afirmar que la ley es muy clara en este sentido. Empresas que se dedican a trabajar con cruceros consideran que Ciutadella era un valor añadido para la oferta de Menorca en el sector del crucero, con un enorme atractivo turístico como lo demuestra la gran cantidad de pasajeros que desembarcan en Maó y realizan una excursión hasta esta ciudad. La aplicación de la norma llega en un momento de recuperación del sector, aunque todavía con dudas. La ocupación de los barcos no es la misma que antes de la irrupción de la covid-19.

En el puerto de Maó sí se autorizan los fondeos en la zona II, que es bastante amplia, cuando un barco no pueden entrar por sus dimensiones hasta los muelles. El permiso corresponde a Autoridad Portuaria y este año se prevé que lo haga el «MSC Orchestra».

La prohibición de fondeos no afecta a embarcaciones de recreo ni a golondrinas, que cuentan con sus autorizaciones para emplear boyas. Sí a barcos que realizan excursiones con muchas personas y que tienen una licencia equivalente a un crucero.