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(Artículo publicado en el <<Diari Menorca>> el 19-2-2020)

Conocer las vicisitudes de menorquines emigrados a Argelia en el siglo XIX me ha transportado a las circunstancias en las que debían resolver problemas tan habituales en las familias como la aplicación de los testamentos o el seguimiento a distancia de los negocios. La documentación a la que he tenido acceso, que enriquece el fondo documental de la sala dedicada a las emigraciones, se inicia en 1845 y se extiende hasta 1873, un período que abarca los reinados de Isabel II y de Amadeo de Saboya.

Un

hecho destacable es que en 1845, cuando todavía no se ha completado

el control francés sobre Argelia (que no es total hasta 1857, aunque

el país se considere parte integrante de Francia ya en 1848), ya

existe una agencia comercial española en Argel, que de hecho actúa

como representación consular en la que, por ejemplo, Antonia Vicens

viuda de José Carreras da un "poder cumplido y amplio" a

Luis Monjo, vecino de Mahón.

Ya

como consulado general de España, en 1852 y con regularidad hasta el

último documento de 1873, emite certificados de pagos, revocaciones

de poderes, nuevos poderes, documentos en fin que reflejan, a parte

de las decisiones de los emigrantes en relación con bienes ubicados

en Menorca, una clara preocupación por el seguimiento de sus

intereses en la isla. La correspondencia entre dos hermanos

mahoneses, uno en Argel y el otro en Mahón, éste dotado de poderes

diversos de menorquines residentes en Argel, proporciona esta

sensación de distancia y ansiedad por que las herencias, las ventas

de bienes, etc., se lleven a la práctica de modo satisfactorio.

Como

es lógico, los documentos oficiales se emiten en papel oficial,

dotado de toda la simbología y solemnidad que requieren. La

observación de los escudos de España que sucesivamente aparecen en

sus encabezamientos proporciona una visión histórica que resulta

interesante vista hoy día, pudiéndose apreciar que la heráldica

oficial refleja el curso de la historia de España y en cierta forma

la herencia política de nuestro país.

Así,

el primer escudo que podemos observar, el del documento de 1845, es

un recargado escudo donde se recogen las armas de un conjunto de

territorios que pueden verse como un árbol genealógico de la ya

citada reina Isabel II, pues muchos de ellos ya estaban fuera de su

poder soberano, como son Flandes, Brabante, Tirol, etc.,

pertenecientes a países totalmente desligados de España a la sazón.

En cambio, faltan Navarra y Granada que, como es obvio, sí

pertenecían a sus dominios. Por su parte, en los papeles del

consulado general desaparecen en el escudo todos esos territorios ya

extranjeros e incluso las armas del viejo reino de Aragón (digamos

"las nuestras"), y siguen ausentes las de Navarra (las

famosas cadenas), figurando en cambio las de Granada, que acompañan

a las de Castilla y León y al escudo representativo de la Casa de

Borbón reinante, con las flores de lis, superpuesto en el centro.

El

mismo criterio puede observarse en los escudos que corresponden a la

época de Amadeo de Saboya, que incorporan las conocidas columnas de

Hércules con la leyenda "Plus Ultra", que como sabemos se

refieren a la expansión ultramarina de España. El escudo central

de la Casa de Saboya (una cruz de plata en campo de gules, que

también aparece en ciertas banderas de Italia) sustituye al de la

Casa de Borbón.

Oscar Sbert Lozano