La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación presentado por la abogada de la yihadista residente en Ciutadella, Coria Mohamed Sidamu, de 26 años, condenada el 11 de diciembre pasado a dos años y medio de cárcel por su autoadoctrinamiento terrorista, consumir y difundir material yihadista a través de redes sociales «con el fin de participar en acciones terroristas de distinta índole».
El alto tribunal ha mantenido la acusación del Ministerio Fiscal basada en la investigación llevada a cabo por los especialistas de la Policía Nacional, uno de cuyos agentes infiltrados en las redes sociales, esto es, como afín a la causa yihadista, llegó a comunicarse e interactuar con la joven residente en Ciutadella, según revela la resolución del recurso.
El testimonio de este policía nacional encubierto aparece en uno de los puntos en que sustanció su abogada el recurso desestimado. Señala que interactuó con la acusada de forma virtual mediante whatsapp, instagram y otras redes sociales. En el juicio oral el agente admitió desconocer si Coria estaba bromeando o no, como ella declaró reiteradamente en su defensa, cuando hablaba de inmolarse, su interés en chalecos y cinturones explosivos y sus planteamientos de cometer acciones terroristas por sí misma.
Sin embargo, según el tribunal esa posibilidad no desvirtúa las conclusiones que provocaron la condena ya que debe tenerse en cuenta la totalidad de la prueba valorada en su conjunto. Es difícil que en todas las conversaciones, a lo largo de mucho tiempo y con ese objeto se bromee, máxime si además se ha accedido con reiteración a información de redes sociales de contenido yihadista, se han obtenido y archivado multitud de imágenes y se han adoptado medidas de seguridad, subraya el fallo.
También rechaza el alto tribunal que la intención de la joven yihadista fuera de la obtener noticias de su familia, manteniendo contactos con los amigos de su hermano que murió en Libia, en 2016, en el desarrollo de su actividad terrorista tras haber combatido para el Estado Islámico (Daesh) en el Gran Sáhara. No es necesario hacer acopio de la gran cantidad de material yihadista que le fue intervenido a la acusada, parte de él en Ciutadella, si el propósito era solo tener noticias de su familia, indica la resolución.
Expone que la joven, que radicalizó sus postulados a partir de la muerte de su hermano, no fue condenada por defender la cultura musulmana y cantar en su idioma, como apela su abogada en el recurso, sino por ejecutar conductas penales por difundir contenidos para incitar a la incorporación a un grupo terrorista o colaborar con ellos en sus fines.
La joven defendió en el juicio que la Fiscalía había exagerado en su acusación. Su abogada añadió que estaba aburrida.
El apunte
La joven está en libertad provisional desde el pasado 8 de enero
1 comentario
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Y lo lógico seria que una vez cumplida la condena , se le enviara de vuelta a su pais.