Antes del inicio de la vista oral los abogados de la acusación, el fiscal, y el letrado de la defensa alcanzaron un acuerdo de conformidad que permitió la rebaja de la condena de privación de libertad. El presidente de la sala leyó el acuerdo aceptado por el inculpado, en su declaración por videoconferencia ya que no se encontraba en la sala, con lo cual la sentencia quedó considerada como firme en ese mismo momento.
El pacto al que llegaron con el fiscal supuso que la pena de prisión se rebajara de un año a seis meses, según la petición del Ministerio Fiscal en su escrito de acusación, aunque el hotel le pedía una condena superior también por falsedad documental para cometer la estafa.
El hombre, un empresario con intereses en Galicia y el País Vasco, no deberá ingresar en la cárcel porque el fiscal y la acusación del hotel no se opusieron a la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por la defensa. Esta suspensión quedo condicionada a que no vuelva a delinquir en un plazo de dos años.
La conformidad se hizo posible porque el acusado abonó la cantidad que le reclamaba el establecimiento hotelero, correspondiente a las cuatro facturas que había dejado de abonar entre los días 9 y 18 de agosto de aquel año.
El hombre había disfrutado de una estancia de 9 días en el establecimiento de lujo de la urbanización de Ciutadella, abonando tan solo la reserva de las tres primeras jornadas.
Durante su larga estancia, prolongada tras esos primeros tres días que había reservado, el hombre y su acompañante disfrutaron de las instalaciones del hotel, consumieron en su restaurante y realizaron diversos gastos de cierta consideración en el club del mismo establecimiento.
Cuando los responsables le reclamaron el pago de los gastos, el hombre dijo que había realizado una transferencia mostrando el justificante de la operación. Resultó, no obstante, que tras realizar el envío del dinero y disponer de este comprobante, retrocedía la operación, con lo que el dinero adeudado nunca llegaba a la cuenta del hotel.
La dirección le reclamó reiteradamente el pago de las facturas, incluso tras su marcha, pero siempre alegó problemas con las transferencias y nunca llegó a hacerlas. Este jueves, no obstante, cinco años después de haber cometido el delito abonó los 10.050 euros, además de los intereses devengados y acumulados en el transcurso de los 5 años que ha tardado el proceso en finalizar.
1 comentario
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O sea que sí… Por el motivo que sea, admite que no se trata de un impago simple. Al aceptar la condena penal reconoce implícitamente la existencia de voluntad de engañar e inducción al error.