La sentencia fue dictada por el juez a partir del acuerdo de conformidad entre el abogado defensor y el fiscal, que en un principio le había acusado de haber cometido un delito de robo con fuerza en casa habitada. Finalmente, tras el acuerdo se modificó el tipo de delito calificándolo de receptación ya que éste sostuvo que su cliente no había sido el responsable del robo cometido en una vivienda de la Avenida Calablanca, en Ciutadella, sino que había adquirido el material robado para posteriormente revenderlo en los establecimientos Castell D'Or y Casa de Oro. En todo caso, la identidad de las personas que perpetraron el robo no ha quedado acreditada.
En esa sustracción los responsables del atraco se llevaron, al menos, una cadena de oro, un anillo de oro con incrustraciones de brillantes y zafiro, un anillo de oro con zafiro, un anillo de oro con tres piedras verdes, un juego de pendientes de oro y oro blanco, tres anillos con piedras verde, roja y azul y dos pendientes con piedras tipo criollas. Este fue el alijo que adquirió el condenado para revenderlo posteriormente en las casas de empeño, los días 2 y 4 de junio del año 2012.
El reo, además, deberá indemnizar a las personas que sufrieron el robo con fuerza en su casa, con 2.110 euros que corresponden a los perjuicios causados, entre ellos los desperfectos ocasionados en la puerta corredera que forzaron los ladrones, mediante apalancamiento, para conseguir acceder a la vivienda.
En el mismo juicio celebrado el pasado día 9 el juez aprobó la suspensión de la ejecución de la sentencia, al carecer de antecedentes, siempre que no vuelva a delinquir durante los dos próximos años y vaya satisfaciendo la cantidad de la indemnización a las personas afectadas.
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