'LEY BOLAÑOS'

Dialogar antes de demandar: la nueva ley que cambia la cultura judicial de Menorca indigna a los abogados

Confusión y rechazo entre abogados porque la ley habilita como mediador a cualquier licenciado que haga el curso

La nueva norma persigue que se alcancen acuerdos con la mediación sin necesidad de acudir al juzgado. | Gemma Andreu

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Los procedimientos judiciales como los entendíamos hasta ahora van a sufrir un cambio sustancial a partir del próximo 3 de abril con especial incidencia en Menorca, donde no existe la cultura de la mediación previa a la que obliga la nueva norma. Es en esa fecha cuando entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025 de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, por la que el diálogo entre las partes pasa a ser el primer paso legal obligatorio en un conflicto, antes de presentar una demanda judicial en materia civil, que trata de todas las reclamaciones entre particulares, y mercantil.

Gran parte de los abogados consultados rechazan la aplicación de la denominada Ley Bolaños porque puede desvirtuar su trabajo y porque en Menorca las discrepancias en estos ámbitos del derecho se dirimen directamente en el juzgado con una demanda de por medio. Indican, además, que la mediación previa ya se plantea en la mayoría de los casos, pero no soluciona el conflicto que acaba en manos del juez con el rigor procesal exigido del que hacen gala los profesionales de la abogacía. Estiman que esta parte de la nueva ley está enfocada hacia el colapso de juzgados de grandes demarcaciones, pero no en un territorio como el insular.

La aplicación de la norma que pretende agilizar y descongestionar la saturación del sistema judicial y fomentar soluciones consensuadas entre los discrepantes genera, por tanto, cierto rechazo y numerosas dudas entre los profesionales de la abogacía. La ley eleva el papel del mediador, cuya presencia pasa por encima de la del abogado en el nuevo eslabón inicial de preceptivo cumplimiento. Ahí nace el conflicto añadido porque no todos los mediadores serán abogados. Podrá serlo cualquiera que complete un curso on line o a través de una academia, con una mínima duración de 100 horas lectivas.

Mediadores

El Instituto de Mediación de Balears (IMIB), vinculado al Ilustre Colegio de Abogados del Archipiélago, por ejemplo, solo cuenta con un letrado menorquín en su registro, Francisco del Campo. Sin embargo, los que pueden ejercer esta función en la Isla sin estar adscritos a ningún organismo son más, ya que poseen el título de mediadores, bien porque han cursado el máster o alguno de los cursos ofertados en academias presenciales u on line.

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Eva Cardona, letrada residente en Eivissa, miembro de la junta directiva del IMIB, valora la profesionalidad del colectivo registrado en el Instituto «porque para serlo se requiere el título universitario o de un grado superior». Señala que la ley de mediación exige una formación de 100 horas, el 35 por ciento de ellas han de ser prácticas en casos reales o simulados, además de otra formación continua cada cierto periodo de tiempo.

«100 horas es poco, de acuerdo, pero hay abogados que se forman más por su cuenta», añade la directiva del IMIB, «aunque está previsto que se exija más formación».

Conciliación

Respecto a la nueva ley, indica que no solo habla de mediación sino también de conciliación, «y ahí sí es una contrariedad para nosotros, los abogados con titulación de mediadores, porque podrá obtenerla cualquier licenciado en otros estudios o graduados superiores». Para realizar el máster en mediación se exigía hasta ahora ser titulados en Derecho. Sin embargo, hay academias que ofertan cursos de mediación, supuestamente homologados, y no exigen estudios superiores para matricularse en ellos.

En todo caso, Eva Cardona observa que la nueva ley da un plazo de un año en los medios de solución alternativos «para elaborar un estatuto profesional en este género, pero interpretamos que mientras no esté, habrá que continuar rigiéndose por el estatuto del mediador profesional que es el que marca nuestro trabajo».Por tanto, el IMIB señala que «quien quiera ejercer como conciliador también tendrá que cumplir los mismos requisitos de titulación que el mediador», es decir, licenciatura universitaria o grado superior y curso de formación.

El apunte

La Cámara de Comercio se ofrece como espacio para la mediación

La Cámara de Comercio de Menorca trabaja normalmente con varios abogados con titulación de mediadores para intervenir en conflictos mercantiles. Con este propósito, está a la espera de los contactos que mantiene el Instituto de Mediación de las Islas con las distintas Cámaras de Comercio para la organización de una jornada que permita despejar las dudas existentes en torno a la entrada en vigor de la nueva ley.

De allí podría surgir la organización de algún curso formativo al respecto para ampliar el número de profesionales disponibles. Los poseedores del título requerido que trabajan normalmente con la Cámara son Fran del Campo, Montse Alcaraz, Lidia Vegas, Toni Mascaró y Maria José Camps.

Al mismo tiempo, el organismo insular ha ofrecido sus dependencias situadas en la calle Miquel de Verí de Maó para que sea el espacio de mediación extrajudicial entre discrepantes y quien les arbitre.