El hasta este miércoles diputado menorquín de Vox, Xisco Cardona no es una excepción. Tras dejar el partido y mantener su escaño, ha negado su condición de tránsfuga, al asegurar que su compromiso es con los menorquines que le votaron el pasado mayo, tanto en el Parlament como en el Ayuntamiento de Maó. El ya diputado y edil no adscrito asegura que a partir de ahora votará «según su conciencia» tratando de seguir el espíritu del acuerdo firmado entre PP y Vox y ha insistido que seguirá trabajando por los menorquines y los vecinos de Maó. Es decir, nada nuevo, lo mismo que han dicho los numerosos políticos de todos los colores que han dejado, por cuestiones diversas, su partido.
La pregunta ahora es si se puede considerar a Xisco Cardona un tránsfuga. Y para ello uno puede remitirse a la definición de la Real Academia Española y a lo que dice el Pacto Antitransfuguismo.
Este pacto, llamado formalmente Acuerdo sobre un código de conducta política en relación con el transfuguismo en las corporaciones locales, fue sellado por primera vez en 1998, con el apoyo de doce partidos, encabezados por PSOE y PP. Desde entonces se ha actualizado varias veces, en el año 2000, en el 2006 y la última en 2020. Esta última actualización fue firmada por once formaciones: PSOE, PP, Unidas Podemos, Ciudadanos, PSC, PNV, Izquierda Unida, BNG, PAR, Foro Asturias y Galicia en Común. No está precisamente Vox, el partido afectado por la marcha de Cardona, ya que se queda sin representante de Menorca en el Parlament balear, pese a que la formación obtuvo en la Isla un escaño.
El Pacto Antitransfuguismo, en su última actualización es muy claro. Considera tránsfugas «a los y las representantes locales, autonómicos y estatales que, traicionando al sujeto político (partidos políticos, coaliciones o agrupaciones de electores) que los y las presentó a las correspondientes elecciones, hayan abandonado el mismo, hayan sido expulsados o se aparten del criterio fijado por sus órganos competentes». Y el texto añade, que si hay dudas sobre si se puede considerar tránsfuga, «será el sujeto político que los ha presentado y/o el partido que los y las propuso quien aclarará por escrito quienes han abandonado la formación, han sido expulsados o se han apartado de su disciplina, a efectos de su calificación como tránsfugas». De ello, se deduce que debe ser Vox, partido que está fuera de este pacto, el que decida si Cardona es un tránsfuga o no.
Por su parte, la RAE aporta una definición diferente a la de tránsfuga, en su acepción política: «Persona que abandona una organización política, empresarial o de otro género, para pasarse a otra generalmente contraria».
7 comentarios
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Xisco Cardona es una excelente persona ,le conozco desde que él estudiaba en el Colegio de la Salle de Mahón , transfuguismo no es quedarse con el acta de diputado , consejero , concejal o sea el cargo que sea , transfuguismo es pertenecer a un partido y durante una legislatura pasarse a otro que esté en la oposición o equipo de gobierno , pero no es este el caso, Cardona pasará al grupo mixto , tanto en el Ayuntamiento de Mahón donde ocupa el cargo de concejal como en el Gobierno Balear siendo conseller .
Efectivamente... y con letras mayúsculas..!!
Por ley, si no está contento con su partido o lo echan (sea el motivo que sea) debería dejar el sitio al siguiente de la lista de ese partido. Esto de seguir ...pero por libre, vamos, queda mucho a esta democracia por legislar. Para mí es un un OKUPA. Nadie le votó, votó al partido.
... no me lo creo, sus creencias le obligarán a ser buena persona, a poner la otra mejilla, a seguir las normas al pie de la letra, a someterse a los dogmas de vox... o quizás no... (guiño, guiño)
Molt bé !!!!
Pues la definición de la RAE es mucho más exacta, clara y contundente que la que pergueñaron los partidos políticos a su conveniencia.
Los menorquines no le votaron, votaron a su partido. Las listas son cerradas, no se votan a personas. Todos los que salen de el partido que sea deben devolver el acta. Ojalá fueran las listas abiertas.