Aunque el decreto lo permite, el gobierno municipal no es partidario de extender el uso de vivienda en el eje central del casco antiguo. Pero sí permitirá la reconversión residencial de locales comerciales vacíos o en desuso que estén ubicados en otras zonas de la ciudad y la periferia, «como es el caso del entorno de Sa Muradeta, del cementerio o del colegio Margalida Florit, por ejemplo», y sobre todo en las urbanizaciones. «Pensamos en esta medida especialmente en zonas deprimidas a nivel comercial de núcleos turísticos como Cala Blanca o Cala en Blanes», afirma.
Joan Benejam, que apenas ha podido revisar el decreto con la arquitecta y el abogado del área, asegura «no ser partidario a nivel personal de restringir nada», pero también ve cierta viabilidad en que haya promotores turísticos interesados en reconvertir sus antiguos bloques de apartamentos en viviendas permanentes, «siempre que lo hagan a precio tasado. Pero lo que no creo que pase, o que les interese, es transformar hoteles en viviendas».
El concejal tampoco contempla una incidencia importante del precepto que permite crecer en altura, hasta edificar una tercera planta. El nuevo Plan General «permitirá construir planta baja y tres pisos, pero con el decreto todavía no se podrá levantar un piso más, ya que la condición es que la altura media de los edificios de la calle o la manzana en cuestión sea superior, y esto apenas se da en Ciutadella, donde las alturas son muy homogéneas».
También augura poca incidencia a la posibilidad que se dará a los propietarios de casas que puedan obtener la cédula de habitabilidad en aquellos edificios urbanos en los que hayan construido sin licencia. «Si se dan, serán casos muy puntuales», afirma. De todos modos, Benejam recuerda que cabrá consensuar todas las medidas con la oposición.
2 comentarios
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El Sr Benejam haría bien en leerse bien la normativa antes de opinar sin conocimiento. 1) Que a él no le parezca bien la conversión de locales en el centro no quiere decir que no pueda hacerse. El decreto-ley es directamente aplicable en todos sus extremos, hasta que el Ayuntamiento apruebe por pleno limitar alguna de las medidas o zonificarlas. Hasta entonces, TODO LOCAL que cumpla los requisitos del decreto-ley se podrá convertir en vivienda. Es decir: si alguien lo pide hoy, antes de cualquier acuerdo de Pleno, será legal y podrá hacerlo, aunque luego el Ayuntamiento apruebe lo contrario. 2) Si hubiera leído la norma, aunque fuese por encima, habría visto que la conversión de locales en vivienda solo es posible si están en parcelas que admiten uso plurifamiliar. Difícilmente habrá de éstas en los centros comerciales de las urbanizaciones de los que él habla. Hay locales, sí, pero urbanísticamente no está previsto el uso plurifamiliar, así que no pueden convertirse. Ya se lució con lo del PTI, planteando un recurso contencioso-administrativo cuando ya había acabado el plazo... Lea y pregunte a los que sí saben antes de opinar, Sr Benejam.
Als pobles, tindríem més vivendes, però després hi faltarien locals, més aparcaments encara, etc... Esper que abans de pendre mesures populistes, s'ho pensin un poc.