Imagen de la finca de So na Parets Vives.

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El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma ha desestimado los recursos interpuestos contra la sanción de 350.686,9 euros impuesta por Patrimonio al promotor del camping que se proyecta en So na Parets Vives, así como al propietario de los terrenos y al arquitecto autor del proyecto, por «obras no autorizadas y afectación muy grave a Bienes de Interés Cultural (BIC)».

La multa se impuso el 21 de octubre de 2013. Las partes sancionadas expresaron su disconformidad con esta decisión, y recurrieron por vía administrativa. El Consell lo desestimó y el promotor, el propietario y el arquitecto presentaron ante Juzgado un recurso contencioso administrativo en octubre de 2014. El pasado 2 de junio el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma dictó sentencia, inadmitió los recursos presentados por dos de los sancionados y desestimó el recurrido por la propiedad.

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La sentencia, según el Consell, «demuestra la correcta y ejemplar actuación administrativa de constatación y acreditación de los hechos», y «avala las actuaciones del equipo técnico del Servicio de Patrimonio y de los Servicios Jurídicos del Consell de Menorca». Asimismo, destaca la institución insular, la sentencia «desautoriza» a los denunciantes y «constata una actitud dilatoria de los recurrentes durante este largo proceso».

El conseller de Cultura en funciones del Consell, Miquel Àngel Maria afirma que «se trata, sin duda, de una sanción ejemplar, y queremos que sea interpretada así por la ciudadanía», ya que «el patrimonio histórico es un bien de toda la sociedad, y las instituciones tiene que ser ejemplares en el cumplimiento de las leyes».