Pleno del 22 de diciembre de 2014 en el que se aprobó la Norma Territorial Transitoria

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El cuarto punto del orden del día del pleno del Consell previsto para estre lunes a las 17 horas contempla la aprobación definitiva de la derogación parcial de la Norma Territorial Transitoria, instrumento de ordenación que creó el anterior equipo de gobierno del PP como marco normativo intermedio hacia el nuevo PTI y que se quedará a unos dos meses de haber cumplido los tres años de vida plena.

La derogación parcial es una mutilación de proporciones considerables. Caen en su totalidad 27 de los 36 artículos de la NTT. Los nueve restantes sufren alteraciones de distinto calado. El mayor margen para distintos tipos de actuaciones que había abierto la Norma, por ejemplo en el ámbito rural, queda anulada en la práctica. Aflora de nuevo buena parte del PTI de 2003, en proceso de revisión en estos momentos.

El equipo de gobierno anunció desde el minuto uno que iba a suprimir la NTT en un periquete. Pero la cosa no ha sido tan sencilla. Un primer intento de derogación total se frustró entre mucha incertidumbre dilatoria previa, por lo que se optó por una escabechina dejando solo con vida los artículos que no alteraban de forma traumática, a decir de los consellers al mando, el modelo del PTI. Con el ecuador del mandato rebasado con creces.

En un primer proceso de recogida de opiniones se presentaron 19 alegaciones, de las cuales se rechazaron ocho, se aceptó una en su integridad y se asumieron algunos contenidos, pero no todos, de otras diez. Con ello, el equipo de gobierno dio por bueno el proceso participativo. No obstante, por aquello del trámite preceptivo, la aprobación inicial de la derogación parcial conllevó un nuevo periodo de exposición pública, en el que se presentaron ocho alegaciones que han sido rechazadas.

Sus autores son el GOB, Bateria F. Nueve SL, la Societat Històrico-Arqueològica Martí i Bella, Macare Inmobles SL, los propietarios de Ses Cases Velles, Agrame, Caparrot SL y el Ayuntamiento de Ciutadella. Precisamente a instancias de este consistorio el Consell ha enviado a las entidades locales de la Isla una aclaración en relación a la aplicación del artículo 30, del que sobrevive solo la mitad del articulado. Se refiere a la ampliación y cambio de uso de edificaciones en casas de campo.