Ponente. Fue presentada por el notario Ramón García-Atance

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G.Q. Ciutadella
La magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Maó, que conoce de los casos de violencia sobre la mujer de dicho partido judicial, pronunció ayer una conferencia en el Casino 17 de Gener de Ciutadella. Clara Besa fue presentada por el vicepresidente de la entidad, y notario, Ramón García-Atance.
La conferenciante de ayer en el Casino Nou enfocó su disertación como una "aproximación y divulgación" a la violencia contra la mujer desde su propia perspectiva profesional, y sobre cuál había sido la aportación de la Ley orgánica 1/2004, integral de medidas contra la violencia sobre la mujer, que tiene "aspectos muy positivos y otros más discutidos".

En el primer sentido, Clara Besa destacó, como principal innovación de la Ley, la coordinación entre todos los agentes que intervienen en este tema, como son los cuerpos policiales, los jueces y fiscales y, a nivel asistencial, los médicos, psicólogos y asistentes sociales. Así, las policías disponen de unidades especializadas para tramitar los atestados y realizar un seguimiento de las penas o medidas cautelares que se impongan. A nivel judicial, se crean los juzgados de violencia sobre la mujer, como materia específica, tanto a nivel penal, como civil y también de familia. Y en el ámbito de los servicios sociales, tanto el Govern como el Consell disponen de centros de atención a la mujer, con equipos de psicólogos, orientadores jurídicos y sociales, para la acogida y el acompañamiento de la víctima, -especialmente cuando ésta decide abandonar el domicilio por voluntad propia- y la terapia y la reinserción social en el caso que fuera necesario.
Finalmente, los médicos disponen de un protocolo de actuación para ver cómo deben tratar a las víctimas de estos malos tratos. Para Clara Besa la Ley ha creado una barrera que, a pesar de que la reiteración no tiene un nivel muy alto en Menorca, la dureza de las penas evita esa reincidencia. El aspecto más discutido es la constitucionalidad o no de la Ley por si vulnerara el principio de igualdad del artículo 14.