Dos sanitarios, en un hospital de Baleares, durante la pandemia.

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El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del Govern contra la sentencia que anulaba el decreto que establecía la exigencia del catalán como requisito para acceder a la sanidad. El Alto Tribunal considera que hay errores en la casación del Govern y que su escrito no cumple con los requisitos para ser analizado a fondo.

De esta manera, con la decisión del Supremo dada a conocer este miércoles, se confirma la nulidad del decreto aprobado por la Conselleria de Salut en marzo de 2018.

Esta norma permitía que cualquier aspirante consiguiera una plaza como personal estatutario fijo en la sanidad pública balear con independencia del nivel de catalán que tuviera. Eso sí, establecía un plazo de dos años para que esta persona acreditara el nivel de conocimiento de la lengua propia de Baleares. En caso de que no lo hiciera, mantendría la plaza pero perdía el derecho a participar en procesos de movilidad y se quedaba sin percibir el dinero de la carrera profesional.

La resolución del TSJIB anulaba el decreto porque consideraba que no era suficiente esta figura para regular el acceso a la función pública dado que en Baleares ya existe una ley aprobada por el Parlament que regula que el catalán es un requisito para ser funcionario. El decreto nulo suponía una excepción a esa normativa sólo para el ámbito del IB-Salut.