Varias sentencias de magistrados de la Audiencia Provincial han limitado en los últimos meses el margen de los bancos para perseguir a okupas en los tribunales. Las resoluciones absuelven de un delito de usurpación a personas que habían entrado en pisos de entidades bancarias, no si se trata de inmuebles de particulares. La última de estas resoluciones, de hace una semana, señala que la vía penal es una «solución innecesaria y desproporcionada» y recuerda que las entidades tienen otras herramientas para recuperar la posesión de las viviendas.
La Audiencia cierra la puerta a los bancos para perseguir ‘okupas' por la vía penal
Ha emitido varias sentencias absolutorias de delitos por la usurpación de viviendas propiedad de entidades
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9 comentarios
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Lo ocupan al cabo de un año y medio, no pasa nada, tienen un hijo pequeño. Bien. Desahucian a una familia, con los abuelos, padres y tres hijos de ese inmueble y bien. Pues, a los desahuciados decirles, que esperen un año y medio, como puedan, y, que okupen sus propias propiedades a coste cero. No? Vamos pero que muy bien. Ya tenemos la solución, sólo es cuestión de aguantar un año y medio. Bien.
Posau-ho ben gros i clar, que s’enterin els nous okupas que han entrat fa una setmana als pisos de Degollador 23-25 (passadís a plaça de la Pau) i que en venguin més. Després quan hi hagi problemes (com els incendis de 03/06/2017 i 28/08/2016) no serà culpa de ningú.
La justicia, a veces nos sorprende. Con ésta sentencia ¿debemos entender que ya no existe la propiedad privada para la audiencia?.
Que alquilen sus casa vacías o que paguen por tenerlas desocupadas como en alguna localidad de cataluña. El cime nos amenaza con controlar el consumo eléctrico para saber las casa que hay vacías, cuando los bancos tienen propiedades vacías.
Todo esto está muy bien, pero estamos entrando en algo muy peligroso, un derecho fundamental del ser humano, el derecho a la propiedad privada. Véase el resultado en países bananeros donde prácticamente no existe este derecho.
Patetico. España, seguridad jurídica cero. Proteccion a la propiedad privada inexistente.
Pero vamos a ver, ¿quién figura en el registro de la propiedad como titular del inmbueble? Es que no hay más vuelta de hoja. Cada día alucino más con los juzgados. Que más dará si el propietario es un banco o un particular. ¿Es que el derecho a la propiedad depende del sujeto que sea el propietario? Nos vamos a la mierda a marchas forzadas.
Me parece bien. Lógico que los bancos embarguen cuando no cobran, ya que tratan con dinero ajeno. Ahora bien, mantener una flota de pisos vacíos y desatendidos, para malestar de vecinos y tentación de ocupas, tampoco está bien. Los bancos, en vez de gastar el dinero de sus clientes en costosos juícios por tener los pisos vacíos, podrian gastarlo en adecentar esos pisos y devolverlos al mercado que es donde tienen que estar.
recuerda que las entidades tienen otras herramientas para recuperar la posesión de las viviendas. ¿Otras herramientas? ¿Recurrir a matones/pistoleros?