En concreto el artículo que recoge el derecho de los usuarios a no recibir llamadas con fines comerciales cuando no han sido solicitadas será aplicable desde mañana, ha informado la Agencia Española de Protección de Datos, y ha aclarado que ya sólo podrán realizarse si existe un consentimiento previo del propio usuario para recibir ese tipo de comunicaciones.
Ante las dudas que suscitó la interpretación de ese artículo, la circular de la Agencia «clarifica el criterio, ofreciendo seguridad jurídica tanto a aquellos que realizan las llamadas comerciales como a los usuarios que las reciben», ha aseverado el organismo que vela por la adecuada protección de los datos personales en España. La circular da continuidad al informe que la Agencia publicó en mayo, y se ha publicado tras haberse sometido al trámite de audiencia e información pública en el que la Agencia ha recabado la opinión de los interesados y escuchado a las principales asociaciones y organizaciones representativas de los afectados, y ha obtenido además el dictamen favorable del Consejo de Estado.
Hasta la entrada en vigor de estos cambios, los usuarios podían recibir estas llamadas comerciales si no se habían opuesto a ellas, pero a partir de mañana sólo podrán recibirlas si han dado previamente su consentimiento o si la empresa que llama puede justificar que su interés legítimo en realizar la llamada prevalece sobre el derecho de los usuarios a no recibirlas y estos no han ejercido su derecho de oposición.
La AEPD ha subrayado en la circular que la interpretación del «interés legítimo» debe realizarse de forma estricta, evitando que los que realizan las llamadas puedan hacer una interpretación en términos tan amplios que fuesen contrarios a la finalidad pretendida por la norma. Y para que la empresa pueda justificar su interés legítimo, el usuario debe haber tenido una relación previa con ella, habiendo adquirido sus productos o servicios y, además, los productos ofrecidos por la empresa deben ser similares a los que se hubieran contratado con anterioridad.
Esa posibilidad sólo se refiere a las llamadas de la misma empresa con la que se hubiera tenido esa relación y no a otras entidades, aunque pertenezcan a su mismo grupo empresarial. Además, si la relación contractual ya no está en vigor y el usuario no ha realizado ninguna otra solicitud o interacción con la empresa durante el último año, no podrán llamarle.
En cuanto a las llamadas realizadas a números generados de forma aleatoria, sólo pueden realizarse llamadas comerciales con el consentimiento previo del usuario, y la empresa no las puede realizar basándose en ese «interés legítimo», ya que en este caso, ha subrayado la AEPD, no prevalece sobre el derecho de los usuarios.
11 comentarios
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Silesiusya era hora, de todas formas comparto la opinion de silesius, la gente esta muy cansada de tanta publicidad,que te hacen tragar quieras o no quieras, yo personalmente no consumo ningun producto que emita demasiada publicidad, del tipo securitas d.... , y empresas que se gastan un dineral en publicidad, pero luego pagan mal a sus empleados y dan un servicio pesimo, ya que gastan todo en publicidad y nada en dar buen servicio, si todos hicieramos igual , quizas dejarian de darnos la matraca por tv, radio, carteles etc, la tv y la radio tradicional ya ni la uso, por cansancio de tanta publicidad
La verdad es que cumplían una labor especialmente con la gente que no tiene con quién hablar o que no la llama nadie, charlaban un rato , el oyente se teni que tragar el rollo para ver si hacía el contrato y a la hora de la verdad colgaban el teléfono, como los de atención al cliente, cuando no les gusta la reclamación o no saben q decir
por fin !!!
Y estas llamadas que te hacen y no contesta nadie y al rato cuelgan, como hacer para saber quien es. A mi me llaman dos veces cada dia, sera el satelite que nos controla?
Maldito sanchismo... Menos mal que la derecha va a derogar todas estas medidas estúpidas y dictatoriales.
Jo crec que s’hauria de prohibir tota sa publicitat per sempre més. Es motiu és senzill: tothom, sense excepció, odia sa publicitat, inclosos els qui viuen d’ella. Si ara et diguessin que, si volguessis, podries acabar amb els mails de spam, els anuncis a sa tele, ses trucades comercials, els paperets devall sa porta, els anuncis a Youtube, a Spotify, etc, etc., hi hauria algú al món que es negaria? No! Tothom odia sa publicitat. Algun ésser humà gaudeix d’ella o voldria tenir-ne més a sa seva vida? No! Sa publicitat és un exercici masoquista, un càstig que sa humanitat s’inflingeix a si mateixa.
La dreta deu estar en contra de que llevin la "libertad" de les empreses de poder molestar
Ya era hora...
Quasimodo.Estoy segura de que la pareja estaría feliz de complacer.
¡Por fin un poco de cordura! Ahora convendría proteger legalmente la propiedad privada.