El Tribunal Supremo ha avalado que las comunidades de propietarios prohíban por mayoría de 3/5 los alquileres turísticos, descartando así que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora por la mayoría de las audiencias provinciales. El Pleno de la Sala de lo Civil ha dictado, por unanimidad, dos sentencias en las que por primera vez se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), introducido por un real decreto de 2019.
El Supremo avala que las comunidades de propietarios prohíban por mayoría cualificada los alquileres turísticos
El fallo descarta así que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora
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3 comentarios
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Muy bien pero mejor aún sería que el Gobierno lo prohibiera en TODAS las Comunidades de Vecinos
Abejorro81Creo que no ha captado el sentido de la noticia, a no ser que usted sea un empresario de los alquileres en plurifamiliares...
YA ERA HORA,DE QUÉ,ALGÚN ORGANISMO OFICIAL, AYUDARA A LAS GENTES DE PÁZ................ (qué,suelen estar, hasta la boina, de okupas,y lá, NÓ-SOLUCIÓN.)!!