Tanto el fiscal como la defensa han pedido al tribunal que el hombre no deba entrar en prisión, como es común en penas de menos de dos años y condenados sin antecedentes, y el tribunal ha avisado de que lo resolverá en la sentencia escrita o en el trámite de ejecución de la sentencia. En caso de que los magistrados acepten que no entre en prisión, el fiscal ha pedido como condición que deba seguir un curso de igualdad de trato y no discriminación y que durante el tiempo de suspensión de la condena no pueda abrir otros perfiles con contenido discriminatorio.
El vídeo que difundió era en realidad la grabación de una cámara de seguridad de China que habían publicado las autoridades del país para encontrar al autor. El vídeo tuvo 21.900 visualizaciones y el acusado lo acompañó del mensaje: «Aquí tenéis el vídeo del mena marroquí de Canet de Mar, a esos que le vamos a dar la paguita hasta los 23 años, los niños de Pedrito Piscinas. Por cierto, luego para más inri la viola, estos energúmenos y estas manadas de marroquíes no saldrán en los medios».
La grabación 45 segundos y muestra como un hombre agrede a una mujer con 15 puñetazos en la cabeza seguidos de siete patadas también en la cabeza hasta dejarla inconsciente, después le intenta bajar los pantalones, la coge del pelo y la arrastra por el suelo hasta salir de plano. Según el escrito del fiscal que el acusado ha reconocido, su perfil también «contenía múltiples publicaciones de naturaleza xenófoba y racista, consultables por cualquier persona en la red social Twitter, con supuestas informaciones deformadas sobre los inmigrantes en general, todas ellas presididas por idéntico rechazo frontal a la presencia de extranjeros en España», e incluye varios ejemplos en su escrito de acusación, entre ellos publicaciones con la cruz céltica y citas de líderes del Ku Kux Klan.
2 comentarios
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Antonio BibiloniNo lo hizo la institución, lo hizo una persona, y como a cualquier otro se le aplica el código penal, luego internamente la institución le abrirá expediente disciplinario. No entiendo que pidas penas judiciales diferentes dependiendo del puesto de trabajo de la persona que infringe, eso sí que no se entiende.