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Hay leyes que incluyen en sus artículos, generalmente en las disposiciones adicionales, aspectos que no tienen nada o casi nada que ver con el título que las encabeza. Por ejemplo, la Ley General Turística facilita la declaración de interés general para proyectos que afectan al territorio y que no podrían desarrollarse con las normas en vigor. Es decir, el turismo invade terreno de ordenación territorial. El caso más reciente es el parque acuático de Biniancolla, que ha obtenido la declaración de interés general por parte del Consell por la disposición adicional cuarta de la Ley Turística, y la licencia de obras del Ayuntamiento de Sant Lluís.

¿Por qué se incluyen en estas leyes disposiciones con calzador? Porque modificar las normas actuales para permitir ese tipo de proyectos representaría un proceso duro, largo y difícil. Y lo más práctico es el atajo.

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Otra forma de explicarlo. Durante años, las políticas conservacionistas han levantado un muro de protección que dificulta algunas actuaciones que ahora el PP quiere promover porque considera que impulsan la actividad económica. Y lo hace por la vía rápida, lo que tiene un riesgo importante: que un juez pueda anular las decisiones que ahora se toman. Y eso puede generar, otra vez, indemnizaciones a los promotores con licencia. Las lecciones de Cesgarden no solo afectan al pasado sino que deben servir para el futuro.

Para comprender el laberinto en el que nos hemos metido los menorquines, el parque acuático de Biniancolla es un buen ejemplo. El promotor Luis Casals compró en su día la parcela como suelo urbano. De hecho está rodeada por las redes de agua, alcantarillado y luz. El PTI de 2003 la descalifica y queda en suelo protegido. Ahora una ley turística permite el parque mediante una declaración de interés general.

Seguimos levantando muros donde debería aplicarse un poco de sentido común.