Un solo día ha precisado la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, presidida por el magistrado Carlos Gómez, para emitir la sentencia en torno al recurso de apelación presentado por el abogado de Eduardo Enrique Estela Roget, condenado a 25 años de prisión por asesinar a su esposa ahogándola en un jacuzzi de plástico, el 18 de junio de 2017 en Ciutadella.
El recurso fue admitido a trámite por la Sala tras el fallo de la Audiencia después del veredicto de culpabilidad que determinó el jurado popular del juicio celebrado a finales de noviembre en la Audiencia. La vista sobre el recurso se celebró el 27 de abril y el fallo que ratifica el anterior en todos sus extremos está fechado un día después.
El recurso se basaba en un posible error en la valoración de la prueba extensible a los hechos del delito por el que se condenó a Estela Roget, incluida la alevosía y la agravante de género y parentesco. Se refiere al hecho de que no se hallara sangre tras el golpe en la cabeza que sufrió la mujer, en el lugar del crimen lo que no concordaría con el hecho defendido por la acusación y la fiscal cuando señalaron que el asesino arrastró el cuerpo hasta el jacuzzi para posteriormente acelerar su muerte ahogándola en él.
La sentencia señala que el golpe en la cabeza no fue mortal, de ahí que no saliera sangre, sino que la causa de la muerte fue la intoxicación por la droga MDMA que le dio a beber Estela Roget y la sumersión. Respecto al resto del recurso el tribunal estima que no aporta ningún dato que permita crear dudas en torno a los hechos juzgados y condenados.
El apunte
La fiscal se opuso al recurso y formuló otro para ampliar el pago de la responsabilidad civil
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