El juicio se celebró el lunes por la mañana en una sala del Juzgado Social de Ciutadella.

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Una mujer de unos 55 años de edad fue condenada a tener que abonar a su exmarido la cantidad de 44.928 euros como responsable de un delito de abandono de familia cometido en Ciutadella desde hace 15 años.

El magistrado juez, Bartomeu Mesquida, además, dictó sentencia de conformidad pactada por el abogado de la mujer y el fiscal, por la que ella aceptaba los hechos y quedaba condenada a una pena de tres meses de prisión, que no cumplirá, al carecer de antecedentes penales siempre que cumpla con el acuerdo alcanzado y no vuelva a delinquir.

Según el escrito de acusación la mujer se desentendió del pago de la pensión a su exmarido después del divorcio, por sentencia del Juzgado 1 de Ciutadella, en junio de 2004. Se obligaba a la acusada a satisfacer una mensualidad de 300 euros en favor de sus tres hijos en concepto de pensión de alimentos, ya que estos habían quedado al cuidado del padre y exmarido a quien le correspondió la custodia. Cuatro años después la sentencia se modificó y la cuantía mensual se rebajó a 225 euros.

El fiscal indica que la mujer tenía perfecto conocimiento de sus obligaciones de las que se desentendió «con absoluto desprecio y abandono para con sus familiares más cercanos» aún sabiendo el alcance de su acción. Entiende el fiscal que la mujer cometió el delito pese a estar en disposición económica suficiente como para afrontar esos pagos mensuales. Sin embargo la acusada había abandonado la Isla para fijar su residencia en el sur de España y dejó de tener relación con su familia en Menorca.

El fiscal solicitaba en un principio una condena de 6 meses de prisión, además de la indemnización que comprende los impagos desde el mes de junio de 2004 hasta la celebración del juicio, ayer lunes, sin que se hayan incorporado los intereses.

En la actualidad la mujer cobra subsidio de desempleo por lo que deberá abonar una pequeña cantidad mensual que se irá restando a su elevada deuda muy lentamente.
El exmarido no había presentado denuncia por los impagos hasta hace tres años, pero a partir de entonces sí le reclamó todos los pagos atrasados.

La mujer declaró por videoconferencia desde un juzgado de Granada y aceptó la condena. Con anterioridad había señalado que no había podido pagar la pensión porque no tenía posibilidad de hacerlo. No consta que desde 2004, fecha del divorcio, haya abonado una sola de las mensualidades a su exmarido.