El STEI ha interpuesto un recurso en vía administrativa contra la decisión del Consell de obligar a los bomberos a residir en la Isla.
El STEI recurre a la obligación de residencia de los bomberos de Menorca
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7 comentarios
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Parece incomprensible qué quién presta servicio en un territorio no resida en su territorio. Pero bueno. También se foll x internet. El Sindicato de causas perdidas hará que lo irreal, sea real. Ver para creer.
es de sentido común que residan en la isla , las emergencias no pueden esperar ,,,, si se declara un incendio le dirán los del estei este al fuego que espere a que llegue el bombero de fuera?
Obligatoriedad de residencia y disponibilidad absoluta fuera del horario laboral son dos conceptos distintos. Uno soluciona el problema y el otro no. Uno se tiene que remunerar y el otro no. Quién es quién?
Esta cuestión es de lo más surrealista que he leído en toda mi vida. O sea, funcionarios esenciales de un servicio básico de emergencias, con su puesto de trabajo en un pequeño territorio aislado al que solo se puede llegar por aire o por mar, siempre claro está que haya disponibles plazas en esos medios de transporte. Y exigen que se les permita tener su residencia habitual en cualquier lugar fuera de nuestra isla.... Creo que esos psicólogos que van a meter ahora en las aulas, serían en realidad mucho más necesarios en ese sindicato comunistoide y pancatalanista.
Si en Menorca hay una emergencia respecto a incendios hay que esperar que vengan los titulares desde la peninsula?No tiene sentido.
No todos lo bomberos están en contra de esta medida, realmente no es un problema muy grande, cuando firmes la plaza presentas un certificado de residencia, después el Consell no hará un seguimiento ni comprobará cada semana si sigue empadronado... a buen entendedor... . Además puede servir para desmotivar que se presente gente de fuera que está de paso, se presentan aquí y mientras se van presentando a Mallorca, Barcelona, Valencia ... Y eso supone un gasto al Consell, puesto que les das formación para que luego se vayan.
El Consell indica que ha tomado esta medida restrictiva en cumplimiento del artículo 124 de deberes de los funcionarios de la Comunidad Autónoma. Este refleja que el personal «no está obligado a residir en la localidad donde trabaja, salvo los casos en que, por razón del SERVICIO, el deber de residencia sea necesario» Fuera de su horario laboral, un bombero no esta de servicio a no ser que este siendo remunerado por su localizacion y disponibilidad. Asi que el articulo 124 no procede en este supuesto, si uno no esta de servicio, no se le puede aplicar. Con un recurso bien argumentado y un buen abogado tienen las de ganar los bomberos. Como siempre metiendo la pata el Consell , si luego hay que indemnizar a alguien por sus errores con dinero publico, que facil es de esta manera.