Las instalaciones han recibido clientes con total normalidad. | Katerina Pu

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El Ayuntamiento de Sant Lluís «interrumpe temporalmente» la orden de cierre del parque acuático de Biniancolla, que este jueves, cuando se cumplía el plazo prorrogado para el cese de actividad, ha abierto sus puertas con total normalidad.

La alcaldesa del municipio, Loles Tronch, ha confirmado a este diario que la orden de cierre queda en suspenso mientras no se resuelva el nuevo contencioso que la propiedad ha presentado ante el juzgado número 3 de Palma, esta vez contra el decreto de Alcaldía por el que se abría expediente sancionador y se decretaba la suspensión urgente de la actividad.

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento están analizando el nuevo contencioso, que ya les ha sido comunicado. Tienen un plazo de diez días para presentar alegaciones y, hasta que el juez no decida si la orden de cierre se ajusta a la legalidad, no se proseguirá con el procedimiento.

El contencioso presentado es contra la suspensión de la actividad, por lo que el expediente sancionador, según informan desde el Consistorio, continúa abierto. Ante esta nueva situación el Ayuntamiento ha optado por no enviar a ningún inspector para levantar acta de infracción.

Descartadas las medidas cautelarísimas

Tronch informa de que el juez ha descartado las medidas cautelarísimas que solicitaba la empresa para impedir el cierre mientras no se dirime el otro contencioso que mantiene contra el Ayuntamiento, este referente a la anulación de la licencia de obras y actividad.

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Explica la alcaldesa que se ha considerado que no existe la urgencia que justifique no dar audiencia al Ayuntamiento, más si cabe cuando este ha decidido dejar en ‘stand by’ la orden de cierre.

El parque acuático ha abierto con normalidad. | Katerina Pu

Cabe recordar que en el escrito de alegaciones contra el decreto de Alcaldía presentado por la defensa jurídica de Protume, la empresa propietaria del parque acuático, ya se apuntaban a los argumentos legales que esgrime la promotora en su intento de tumbar en los tribunales la orden de cierre decretada.

Los argumentos de la promotora

En ese aspecto defienden que la resolución de la alcaldesa «carece de eficacia en el mundo jurídico al no determinar con exactitud cuándo finaliza el plazo otorgado» para el cierre de la instalación y en esas alegaciones la empresa expresaba su «inequívoca voluntad de no subsanar los vicios y defectos de la resolución municipal», con vistas a la interposición del contencioso.

Se abre ahora un nuevo frente judicial entre el Ayuntamiento de Sant Lluís y la propiedad del parque acuático. Cabe recordar en ese sentido que la empresa presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo contra el proceso de anulación de licencia iniciado por el Ayuntamiento. Este último recurso esta pendiente de resolverse y ese es el principal argumento que esgrime la promotora para entender que no se puede decretar un cierre que provocaría daños irreparables, atentando contra la tutela judicial efectiva.

La suspensión de la licencia integrada de obras y actividad por parte del Ayuntamiento se deriva de la decisión del Tribunal Supremo de ratificar la sentencia que anula la declaración de interés general otorgada por el Consell insular en 2014 para que el parque pudiera construirse sobre suelo rústico protegido, y que dio paso a la concesión de licencia municipal.