La reunión de alcaldes y Consell se ha celebrado este martes en Alaior. | Gemma Andreu

TW
9

El Consell Insular de Menorca propone delegar en los ayuntamientos de la Isla la capacidad de expedir las cédulas de habitabilidad de primera ocupación en los casos de obra nueva o ampliación de una vivienda, con el objetivo de contribuir a simplificar su tramitación administrativa.

Así lo ha propuesto este martes la consellera de Ordenación del Territorio y Turística, Núria Torrent, en la primera reunión de la junta de alcaldes del nuevo mandato, que se ha celebrado en Alaior.

Actualmente, los ayuntamientos son las administraciones competentes para la emisión de los certificados de final de obra y las licencias de primera ocupación, por lo que desde el Consell consideran que tendría sentido que también pudieran emitir las cédulas de primera ocupación, lo cual simplificaría su tramitación administrativa y eliminaría costes.

Más de 3.000 expedientes en una década

La cédula de primera ocupación es el certificado que acredita que una vivienda nueva o en la cual se han realizado obras de ampliación o redistribución reúne las condiciones para poder ser destinada a vivienda, y durante los últimos diez años el Consell ha tramitado un total de 3.285 expedientes de este tipo.

Cabe recordar que el plazo legal para expedir las cédulas de primera ocupación es de dos meses, y aunque actualmente se cumplen los plazos, históricamente el Consell ha tenido problemas para tramitar en tiempo este tipo de certificados.

Después de la presentación en la Comisión de Presidentes de Corporaciones Locales de Menorca, la propuesta deberá someterse a información pública y, posteriormente, se deberá aprobar en el pleno del Consell Insular por mayoría absoluta, así como en los plenos municipales, para finalmente plasmarse en el convenio correspondiente.

Lo mismo con las autorizaciones del litoral

En el mismo sentido, el Consell también plantea que sean los ayuntamientos los que expidan las autorizaciones de obras, instalaciones y actividades permitidas en la zona de servitud de protección prevista en la legislación de costas, en los terrenos clasificados como urbanos o urbanizables.

Este tipo de autorizaciones actualmente son competencia del Consell y constituyen un paso previo y necesario para la obtención de los correspondientes títulos municipales. Por ello, desde el Consell argumentan que si fueran los mismos consistorios los que expidieran la autorización se podría simplificar el proceso administrativo para la ejecución de las actuaciones sujetas al permiso.