El sindicato propone abrir la negociación sobre la carrera profesional horizontal en todas las administraciones locales, incluido el Consell. | Josep Bagur Gomila

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El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) solicita que se abra la negociación en el Consell y los ayuntamientos para que se reconozca la carrera profesional horizontal a los trabajadores públicos de las corporaciones locales de la Isla, lo que supone elevar sus retribuciones en función de niveles y de las competencias y los servicios prestados por las plantillas.

Según el nivel adquirido dentro de la estructura de la carrera profesional horizontal, esa retribución puede suponer una prestación económica que iría de 1.500 a 6.000 euros brutos anuales en el grupo 5, y de 3.000 a 12.000 euros en el grupo de la máxima categoría (subgrupo A1). Dicha retribución no sustituye a otros pluses, sino que se sumaría al salario que perciben los empleados públicos, y se genera con la progresión del personal en grados, categorías, niveles u otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo.

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Agravio comparativo

Esta reivindicación se planteó por primera vez en 2007 pero hasta ahora el sindicato no ha sido escuchado, «solo en Menorca no está reconocida la carrera profesional, es un agravio comparativo», asegura Andrés Fernández, de la Federación de Servicios a la Ciudadanía y coordinador de Administración local de CCOO, quien subraya que se trata de «un derecho pendiente de aplicar» que sin embargo ya disfrutan los empleados públicos del Govern y del resto de consells; recientemente se han alcanzado acuerdos para incluir este concepto en el Consell de Formentera y en el Ayuntamiento de Artà. «Aquí no se ha hecho nada, ni siquiera está abierta la negociación, queremos que se nos atienda esta petición», declara Fernández.

Estructura

La carrera profesional horizontal se establece como derecho en la Ley del Estatuto Básico de los Empleados Públicos y se regula asimismo en la Ley de Función Pública de la Comunidad Autónoma, de modo que las administraciones deben fijar sistemas para evaluar el desarrollo y progresión de sus empleados.

La carrera horizontal debe contribuir, señala CCOO en su propuesta, a la actualización del personal y también a la mejora de la prestación de servicios al ciudadano. El ámbito de aplicación es el personal funcionario de carrera y personal laboral fijo; interinos y personal laboral temporal; personal funcionario en situación de segunda actividad, con o sin destino; y personal laboral indefinido no fijo. La carrera horizontal se estructura en cuatro niveles, para el primero se necesitan 5 años de servicio, para el segundo diez, para el tercero quince, y para el cuarto, hasta 20 años de trabajo en la Administración pública.

El apunte

Evaluación anual de los trabajadores integrados en el sistema y de su evolución

El derecho de acceso al sistema de carrera profesional horizontal nace al adquirir la condición de trabajador público, y la determinación del nivel inicial dependerá de la experiencia profesional y de la acreditación de horas de formación. El sistema contempla la evaluación anual de los trabajadores, por los órganos de seguimiento de la administración correspondiente, para comprobar la participación en horas formativas que permitan mantener el nivel personal, que puede perderse si no se justifica el mínimo exigido de formación. También se evalúa la progresión de nivel su se cumple el requisito de años trabajados.