Menorca Talayótica. La preservación del entorno paisajístico de los monumentos que forman parte de la candidatura a patrimonio mundial es una de las partes importantes del nuevo PTI, tanto es así que pasan a tener una figura de protección especial

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En las normas del Plan Territorial Insular actual la palabra paisaje aparece 27 veces. En las normas de la propuesta de revisión del documento, que se acaba de aprobar de forma inicial, la misma palabra aparece en 233 ocasiones. No es algo retórico. La preservación y recuperación del paisaje como valor por sí mismo es uno de los pilares del texto normativo que ahora está sometido a un periodo de exposición pública, con la definición de unas directrices y unos objetivos concretos.

En el terreno más práctico, se establece en el nuevo PTI la figura del estudio de impacto e integración paisajística, preceptivo para determinadas actuaciones a las que se supone un potencial impacto sobre el entorno visual. Requerirán, por ejemplo, de este documento de forma preceptiva el desarrollo de las áreas de reconversión territorial, las instalaciones de producción de energía que no se ubiquen en las zonas establecidas como idóneas por el propio PTI o que ocupen las cubiertas de edificios protegidos del medio rural, y las actividades permitidas que se pretendan desarrollar en las denominadas áreas de interés paisajístico. También actuaciones impulsadas por el propio Consell, como la planificación y desarrollo de la red viaria o los aparcamientos en determinadas zonas, deben ajustarse a las directrices paisajísticas que recoge el propio PTI.

Obligado cumplimiento

En un principio, las directrices paisajísticas iban a tener un carácter orientativo, de recomendación, pero finalmente y a tenor de consideraciones jurídicas, el equipo de gobierno del Consell ha optado por establecer su aplicación directa, su obligado cumplimiento, en cualquier actuación que pueda incidir en este aspecto. De este modo, el PTI cubre el vacío actual al respecto por la inexistencia de una ley autonómica balear sobre el paisaje, que sí tienen otros territorios de España. El marco de referencia del que se parte es el Convenio Europeo del Paisaje.

El PTI supera la concepción estática del paisaje, y lo vincula a la interacción social, de tal forma que no solo se protege sino que se puede mejorar y gestionar para que pueda ser disfrutado. Se pone especial acento en las normas del documento en la integración en el paisaje de los bienes que integran la candidatura de Menorca Talayótica, garantizando «las condiciones de visibilidad de sus entornos como atributos del bien». De hecho, en el nuevo PTI pasan a ser declaradas áreas de interés paisajístico.

Pero no solo es algo que se ciña al campo, al ámbito rústico. Los denominados objetivos de calidad paisajística establecen parámetros para la mejora del componente visual en las zonas urbanas o en los polígonos, para que se actúe con esmero a la hora de permitir determinados volúmenes y estéticas. Elementos como las pantallas vegetales o la preservación de las paredes secas son recursos que se insta a emplear a la hora de acometer o intervenir en determinadas infraestructuras.