La parcela, de 29.433 metros cuadrados, está entre el campo de Son Marçal y el casco urbano | Josep Bagur Gomila

TW
4

El Ayuntamiento de Ciutadella respira tranquilo, al menos de momento. El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha dado la razón al Consistorio y le libra de pagar una millonaria indemnización por unos terrenos de la zona deportiva, que tanto el Plan General de 1991 como el nuevo PGOU que se está tramitando califica la parcela de equipamiento público docente o deportivo.

El equipo de gobierno no las tenía todas consigo, teniendo en cuenta los precedentes de la sentencia de los terrenos de la Voltadora y sabía que, si perdía, se enfrentaba a la mayor indemnización de su historia, comparable al varapalo que supuso la sentencia de Cesgarden para el Consell.

Y es que la propiedad de los terrenos, la mercantil Tafusasi S.L. exigía al Ayuntamiento el pago de hasta 14,53 millones de euros por la parcela de 29.433 metros cuadrados, situada entre el campo de fútbol de Son Marçal y la avenida Palma de Mallorca, frente a las pistas de tenis. Al final, el Consistorio deberá pagar 1,12 millones de euros.

Fue la propiedad quien instó al Ayuntamiento, que en cumplimiento del Plan General, ejecutara la expropiación. En 2016 la mercantil valoró la parcela en 14,53 millones de euros. Un coste que fue rechazado por el Ayuntamiento, que cuantificó su valor en 1,12 millones, a razón de 36,36 euros el metro cuadrado. El caso llegó al Tribunal Provincial de Expropiación, que en 2017 dio la razón al Consistorio y la propiedad presentó un recurso contencioso ante el Tribunal Superior, que ha vuelto a fallar a favor del Ayuntamiento. La sentencia no es firme y se puede presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La propiedad alegaba, igual que hizo en su día la propiedad de los terrenos de la Voltadora, que se trataba de una parcela calificada como urbana y por ello reclama este alto valor. El TSJB entiende que se trata de suelo urbanizable, pero no programado, y por ello lo equipara a suelo rural. En este sentido, los magistrados argumentan que pese a lindar con el casco urbano, los terrenos todavía no están insertos en la malla urbana y que actualmente tampoco cuenta con los servicios básicos (agua, alcantarillado, red eléctrica...), para dar cobertura a una parcela urbana.