Imagen de archivo de un chalé en obras en zona turística que no deberá esperar cinco años para alquilarse. | Gemma Andreu

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El Plan Territorial Insular (PTI) elimina el veto al alquiler de viviendas nuevas en las zonas turísticas. Podrán arrendarse aunque no tengan los cinco años de antigüedad. La Ley Turística establece que, para la comercialización turística, las casas deben tener un mínimo de un lustro. Ahora, en el caso concreto de las zonas turísticas, se les exime de este requisito.

El documento inicial del PTI no fija límites temporales para viviendas situadas en estas zonas, por lo que en las urbanizaciones será posible el alquiler de vivienda nueva (o tras un cambio de uso) y no será necesario tener que esperar cinco años para su comercialización turística.

Esta medida que se incluye en el planeamiento urbanístico insular es otro guiño a la flexibilización de las restricciones impuestas por otras normas, en este caso, la Ley Turística. El Consell pretende mantener el modelo, agilizar cuestiones de desarrollo de planeamiento y reducir los tempos de la administración. Además, apuesta por atajar posibles confusiones, asegura el Ejecutivo.

Pese a levantar este veto temporal en las urbanizaciones, la prohibición se mantiene en el resto de zonas y supuestos para evitar la especulación turística con la construcción de nuevas viviendas. Se mantiene el veto incluso en las zonas tradicionales con alto porcentaje vacante, como son Fornells, Es Grau, Sa Mesquida, Es Murtar y Cala Sant Esteve que, hasta el momento se les daba el mismo trato que las estancias ubicadas en zonas turísticas propiamente dichas. En este caso, suelen ser segundas residencias, no se da el problema.

El director insular de Ordenación del Territorio, Eduard Soriano, explica que la Ley Turística da la posibilidad de que la antigüedad de los cinco años de cédula de habitabilidad se reduzca, y el Ejecutivo insular ha considerado que en el caso de las zonas turísticas donde no se ponen problemas para el alquiler turístico, no tenía sentido mantener este límite temporal de los cinco años. «El uso para el que están hechas estas zonas es el turístico y no se entendía mantener el límite en unas zonas que han nacido para eso, para ser turísticas», asegura.

Hay que recordar que este veto incluido en la Ley Turística levantó ampollas entre el sector de la construcción e inmobiliario, ya que frenó en seco la inversión. Los promotores se echaron atrás ante la imposibilidad legal de lograr un rendimiento por la vía del alquiler turístico hasta que no pasara un lustro.