La mayoría de los requisitos que marca la Ley Turística son comunes para todas las tipologías de vivienda, pero son aquellas que están en edificios plurifamiliares, los pisos, las que se encontrarán con más impedimentos. El más llamativo, el permiso vecinal. En el caso de que los estatutos de la comunidad no lo prohíban expresamente, bastará con el acuerdo de la mayoría. Si se prohíbe y es necesaria una modificación de los estatutos, el acuerdo de los propietarios, siguiendo lo que establece la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, deberá ser unánime
Servicios
Si ya se ha obtenido el acuerdo de la comunidad, siguiendo con los requisitos específicos para los pisos, el propietario deberá velar por el cumplimiento de las normas vecinales, haciendo firmar a los clientes, con la obligación de expulsarlos en un plazo de 24 horas si cometen infracciones graves. Para ello deberá contar con un teléfono en el que pueda ser localizado las 24 horas del día y que deberá facilitar tanto a los inquilinos, como a los vecinos, además de suscribir una póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil, incluyendo los daños a los vecinos.
Las normas comunes para todo tipo de vivienda establecen que la finca tiene que tener una antigüedad mínima de cinco años, contar con un certificado energético que en el caso de las viviendas anteriores a 2008 debe ser de calificación F y estar libre de infracciones urbanísticas. La vivienda debe contar asimismo con un baño por cada cuatro plazas y si son cinco ya deberá tener dos baños. El propietario o comercializador deberá prestar servicios turísticos como el mantenimiento, el suministro de ropa y menaje y su reposición y la limpieza periódica.
Si se encargan a terceros esos servicios, habrá que contratarles cumpliendo con la legislación en materia de seguridad laboral y con el convenio colectivo. Una vez cumplidos todos los requisitos, la licencia tendrá una duración de cinco años, superados los cuales habrá que demostrar que se siguen cumpliendo todos los requisitos.
Alquiler de habitaciones: si se convive y máximo 60 días al año
La Ley Turística establece que las estancias que se comercializan turísticamente deben cederse en su totalidad y no se pueden hacer contratos diferentes por habitaciones, pero en el punto 20 del artículo 50 abre la puerta a la posibilidad de alquilar habitaciones, siempre y cuando se lleve a cabo en la modalidad de vivienda habitual. Es decir, que el inquilino debe acreditar que es la casa en la que reside y que convivirá con el inquilino. Asimismo se establece un límite temporal, los periodos de alquiler no deben exceder los 60 días al cabo del año. Estas casas deben cumplir con todos los requisitos que estipula le legislación, incluido la zonificación que marca el Consell: solo en las zonas turísticas.
Las condiciones a cumplir
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La vivienda debe estar ubicada en las zonas turísticas autorizadas por la zonificación determinada por el Consell.
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Contar con el permiso de la mayoría de los propietarios de la finca, en caso de que sea un edificio plurifamiliar.
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La vivienda debe contar con cédula de habitabilidad y no se puede exceder el número de plazas que marca.
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La casa deben tener una antigüedad mínima de cinco años a contar desde su fecha de construcción.
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Debe disponer de un certificado energético 'F' en edificaciones anteriores a 2008 y 'D' en las posteriores a 2008.
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No debe pesar ninguna infracción urbanística grave o muy grave sobre la edificación a comercializar.
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Debe tener contadores de consumo de agua, electricidad o gas dados de alta e independientes.
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Quedan excluidas todas las viviendas sometidas o que hayan sido sometidas a régimen de protección oficial.
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Hay que suscribir una póliza de responsabilidad civil que cubra también posibles daños a vecinos.
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Hacer cumplir las normas de la comunidad de vecinos y echar al inquilino en 24 horas por infracción grave.
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Poner a disposición tanto de los clientes como de los vecinos un teléfono de atención 24 horas.
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Informar a los clientes y hacer visible en la web comercializadora el número de licencia de la vivienda.
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Informar a la Dirección General de Policía sobre las personas que se van a alojar en la casa.
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Llevar a cabo una limpieza periódica de la casa, antes de la llegada de los clientes o durante su estancia.
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Suministrar ropa de cama, lencería, menaje general de la casa y velar por su reposición.
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Encargarse directamente o a través de terceros del mantenimiento de las instalaciones.
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Si se encargan servicios hay que contratar y cumplir con las normas de seguridad laboral y el convenio.
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Hay que tributar por la actividad, pagar impuestos, y entrar en el registro insular de empresas.
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La vivienda debe contar al menos con un baño por cada cuatro plazas. Si hay cinco plazas, dos baños.
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La licencia tiene una vigencia de 5 años, tras los que hay que volver a acreditar todos los requisitos.
39 comentarios
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las excepciones para fornells , Es grau ,etc.. que es donde muchos socialistas tienen varias propiedades y las alquilan tambien en verano, no juegan limpio ,claro que tienen que haber unas normas , pero nom exprimir al pequeño propietario, asi hundiran el turismo y solo vendran a hoteles con el todo incluido,la prueba la teneis solo con ver cuantos hoteles se han inaugurado tanto en mahon como en ciudadela y los que tienen previsto,...
L’habitatge és un dret humà reconegut a la Declaració Universal de Drets Humans i també a la Constitució Espanyola. Aumont , a cap llei de cap pais diu que els habitatges son per fer negoci. Llegint molts comentaris sembla que alguns voldrien tornar 200 anys enrera quan hi havia “rentistes” que vivien sense fer feina a basse d’expremer als pobres.
Soc propietari d’un pis llogat i em semblen totes les mesures molt lògiques. Aquest que es queixen podrien esplicar quina o quines normes de les 20 no els agrada? No volen pagar impostos? No es poden queixar els veins? No ha de tenir assegurança? No hi ha ni una sola condició que no sigui lògica. Ah! , jo seguiré llogant a families, no vull que els turistes em destroçin el pis, com passa amb molta frecuència.
A punto de firmar una hipoteca y leyendo todo esto se me están quitando las ganas.
los apartamentos en las zonas turisticas tienen una antigüedad mayor a 5 años...entonces sólo podrán alquilar los dueños de los nuevos chalets de Coves Noves, porque los tontos propietarios de arenal d’en castell tienen apartamentos de mas de 20 años de construidos, eh? La casa deben tener una antigüedad mínima de cinco años a contar desde su fecha de construcción.
A qué gente benefician esas medidas???? Al lobby hotelero que "parece" que son ellos los que han dictado la ley del alquiler vacacional. Ellos quieren TODO el beneficio turístico, no dejan ni las migajas para humildes propietarios que quieren alquilar su propia casa. Con el alquiler vacacional pagan el IBI y otros impuestos, el caro mantenimiento que requieren las casas por la humedad y salinidad, dan trabajo a limpiador@s y mantenedores y proporcionan un alojamiento barato y de calidad a gente que luego consume en restaurantes, supermercados y comercios de la zona. No como en los hoteles de "todo incluido"
Ya lo dije yo, la derecha roba pero te deja seguir produciendo para seguir robando, sin ninguna duda, pero la izquierda se roba todo y destroza a la gente ahogándola hasta matarla. Algunos les parece caro un alquiler de 500 euros por mes y pretenden con esto bajarlos.... por qué no trabajaron y se compraron un piso cuando estaban tirados de precio? Por q hoy no sacan una hipoteca y se comprometen a trabajar para pagarla como todos los que así hicimos? La gente no tiene idea lo que pueden llegar hacer partidos políticos cómo podemos. Ellos dicen que le sacaran a los ricos para darle al pueblo, para ellos los que tenemos una vivienda en menorca somos ricos. Seguir votándolos, terminaremos vendiendo por dos duros y escapando de la isla y los perros flautas ganaron. Dicen que la licencia dura 5 años.... y después de todo lo que he pagado debo volver a renovar la licencia? O será gratis? Estoy indignado de los indignados. Suerte menorca, la necesitaras.
Ya se veia venir, aqui no somos todos iguales, solo preferencia para el sr politico y sus intereses, sa mesquida, es murtar, cala san esteban y calas coves, no tienen ni siquiera alcantarillado y algunas ni agua corriente. Fuera politicos!
Yo ya me doy por vencida. Tengo el piso a la venta. Entre lo que cuesta el mantenimiento del mismo (hipoteca aparte ) y los destrozos o impagos de algunos inquilinos ya no puedo mantenerlo. Y eso que he cobrado 500€ al mes durante 5 años, pero dejaron el piso para reformarlo enterito. A mi parecer, los que se quejan de precios altos, primero tendrían que saber el porqué de ese precio. Aunque no es igual en todos los casos, la especulación también existe. Pero me indigna que metan a todos los propietarios en el mismo saco. Yo alquilé a dos familias y como decimos aquí "n'he sortit escaldada". Si lo hubiesen cuidado como si fuera suyo seguiría alquilado...
Podré alquilar mi casa señora Armengol? Es una piña en el fondo del mar. Y NO, NO HAGO DAÑO A LA POSIDONIA.. Perroflautasss