No son los únicos que se acogen al artículo 30 de la NTT, el que regula el cambio de uso en las edificaciones y construcciones existentes en suelo rústico común. Un aparejador consultado permite constatar que esta opción sigue siendo muy utilizada para dar respuesta al interés de inversores en residencias en fincas agrícolas. Es posible hacerlo porque todavía no se ha realizado la aprobación definitiva de la derogación parcial. Cuando se aprobó inicialmente en marzo ya se anunció que probablemente esa aprobación definitiva no llegaría hasta final de año.
La consellera de Ordenación Territorial dijo entonces que esa aorobación inicial no supone una suspensión de licencias solicitadas al amparo de la NTT, puesto que esta seguiría vigente hasta la derogació definitiva. Cuando esta se produzca, solo se aplicarán los nueve artículos artículos rescatados -tres íntegros y seis de forma parcial- de la Norma Territorial que el PP aprobó a finales de 2014.
Sin embargo, lo que parecía una urgencia del actual equipo de gobierno por el control de la presión sobre las fincas agrarias apenas ha variado, aunque el Govern a través del decreto de enero de 2016 sí que ha endurecido las condiciones para la tramitación de proyectos como los agroturismos.
Una en dos años
La propia consellera de Ordenación Territorial y ahora presidenta, Susana Mora, minusvaloró esta opción de transformación de uso de las viviendas rústicas, «se habla mucho del cambio de uso de las boyeras y en dos años se han solicitado nueve y autorizado uno», dijo en el pleno del Consell de marzo. La autorización depende del cumplimiento de los requisitos que la propia Norma establece, como la antigüedad -ser anterior a 1956-, pero el camino para quien cumple los requisitos sigue hoy tan expedito como antes.
7 comentarios
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clar.. es que en nel martí, na maite salord, i el psm en conjunt (camuflat i ben amagat devall de més, juntament amb ERC), s'estimen mes que es buers d'enmig del camp caiguin en desus i enderroc, que no que s'aprofitin.es sa seua manera de veure ses coses, deixar morir ses coses amb es pas d'es temps.
Quin nivell ... jojojojo!
Espero que no aprueben definitivamente ese engendro de derogación parcial, porque les van a llover las demandas, y lo van a perder, y todos los menorquines a pagar la incompetencia. Por no tener, no tienen ni los informes obligatorios del Estado.
Los politicastros que nos mandan solo saben prohibir y prohibir para que la gente no tenga trabajo, A quien perjudica que un edificio que se cae, se arregle y se cambie su uso ya que el uso agrícola no es rentable. Si el uso agrícola fuera rentable nuestros políticos se dedicarían a la agricultura y ganadería, en lugar de dedicarse a la política o es que no lo veis.
Los únicos técnicos competentes para redactar el proyecto de cambio de uso a vivienda son los arquitectos. Si usted quiere intentarlo diríjase a un ARQUITECTO.
El cambio de uso sin desvirtuar el carácter original de los edificios agrícolas menorquines es la única salida posible para mantener estas construcciones. Si se prohíbe el cambio de uso se seguirán reformando y utilizando de forma ilegal cómo se vieron obligados a hacerlo los propietarios antes de la existencia de esta Ley. Ojo! Esto nada tiene que ver con reformar para tener varias viviendas en una sola finca con fines de alquiler turístico. Esto último si es reprobable.
Las bolleras deben restaurarse y mantenerse en buen estado. Es parte de nuestro patrimonio. La única solución es su cambio de uso, sino se echaran a perder. Simplemente hay que regular como hacerlo bien, limitar apertura de ventanas, aumentó de volumen etc