Imagen de un pleno municipal correspondiente a enero de 2009

TW
2

Una sentencia del Juzgado de lo Social condena al Ayuntamiento de Es Migjorn a pagar 2.778,68 euros más los intereses legales desde marzo del año pasado a Joan Moll Benejam, asesor jurídico contratado en 2002 y despedido en agosto de 2011. Otra sentencia del TSJIB, coincidente en el tiempo y en el asunto, obliga al primero a emitir un certificado por los servicios prestados durante los nueve años de relación laboral. Este es justamente el origen del conflicto judicial, que si bien se ha resuelto a favor del interesado ha tenido una contrapartida costosa en el itinerario por los tribunales con la asesoría de los abogados José Luis Pérez López y Guillermo Bauzá Palmer.

Dos meses después del despido, Moll Benejam se incorporó al Ayuntamiento de Ciutadella como funcionario interino tras superar un concurso-oposición. Con el fin de computar la antigüedad en la Administración solicitó el certificado al de Es Migjorn -un documente que normalmente se expide de forma automática-, este no lo emitió y cuando lo hizo solo reconocía 1 año, nueve meses y 22 días. Por ello, inició la vía del contencioso con un pleito en el que reclamaba además los atrasos que el Ayuntamiento le adeudaba. Sobre este punto, en una primera sentencia de marzo de 2015, el TSJIB resuelve que es el Juzgado de lo Social el que debe sustanciarlo. Hace unos días ha dado a conocer el fallo en el que reconoce los atrasos y condena al ayuntamiento de Es Migjorn a abonarlos.

El interesado considera ridícula esa cantidad y asegura que no era el objetivo de su reclamación -que internamente había realizado ya desde 2009- sino un simple certificado para el cómputo de trienios. El episodio se salda con un coste superior a lo que habría supuesto expedir el certificado y pagar en su momento los atrasos.

Moll Benejam fue contratado como personal laboral en febrero de 2002 como técnico asesor jurídico y cesó en agosto de 2011. Entretanto, habría pasado un periodo de casi tres años -desde el 1 de enero de 2007 hasta noviembre de 2009- en que estuvo sin contrato, lo recuperó previa reclamación. El ayuntamiento, que optó por rescindir el contrato por falta de trabajo que justificase la plaza, no aceptó un acuerdo antes del juicio social cuando el ex empleado municipal se lo ofreció.