La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido el doble recurso de casación interpuesto en noviembre por el Consell y el Ayuntamiento de Alaior contra la sentencia que, en base a un defecto de forma, ha supuesto la anulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del municipio.
El tribunal presidido por José Manuel Sieira y participado también por los magistrados Segundo Menéndez y Rafael Pérez ha estimado así la petición de las administraciones menorquinas implicadas para que la Sección Quinta del Supremo estudie el caso.
El recurso fue interpuesto a instancias del Ayuntamiento de Alaior, ya que los servicios jurídicos del Consell y la propia consellera de Ordenación del Territorio, Marta Vidal, sopesaban no recurrir en casación al no ver opciones reales de que la reclamación prosperara. No obstante, la admisión al menos del recurso ha sido acogida con esperanza por ambas administraciones.
La falta de un informe «preceptivo y vinculante» de telecomunicaciones sobre las zonas verdes de Cala en Porter resultó determinante para que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Balears estimara el recurso del exsecretario del Consell, Juan de Juan y Pi y decretara la anulación tanto del nuevo Plan General de Alaior como de su consiguiente adaptación a las DOT y el PTI.
2 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
Además el trámite de no solicitar el informe vinculante de Telecomunicaciones, ha abocado a recibir efectivamente el informe como el que no se solicitó en su momento, en el sentido de ninguna pega o inconveniente para el Plan, aunque, eso si, fuera de plazo. Todo eso me recuerda cuando en el asunto de la Paca y los veintitantos procesados: en la vista oral, se anula todo lo actuadoporque la escucha telefónica autorizada por el Juez correspondiente, y que demostró que lo sospechado y que se quería demostrar, era verdad, había sido solicitada( la escucha telefónica) sin la suficientemente florida argumentación y motivación. Por tanto aviso al caminante: si el informe vinculante de Telecomunicaciones, no está suficiente argumentado o floreado en correcto español, igual lo tumban después. La Real Academia de la Lengua y los Académicos deberán redactar argumentaciones de muestra suficientemente convincentes para que las puedan copiar las fuerzas policiales y que no les tumben luego sus escritos como ya pasó en el asunto citado.....¡Cosas veredes Sancho!!!!
Los políticos lo lían todo. Para que tenían que poner el PTI o las Dot, ¿Cuantos puestos de trabajo han creado? NINGUNO, TODO ES PROHIBIR Y QUE LA GENTE NO TENGA TRABAJO Y AHORA EL CONSELL DEBE PAGAR MAS DE 60.000.000€ EN INDEMNIZACIONES JUDICIALES POR NO DEJAR HACER UN HOTEL, QUE HUBIERA CREADO PUESTOS DE TRABAJO, MAS BURROS NO PUEDEN SER, Y DESPUÉS QUIEREN QUE LOS VOTEMOS. TENDREMOS QUE VOTAR AL MENOS MALO YA QUE SON TODOS IGUALES.