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El Ajuntament de Maó ya no puede demorar el cese de la actual interventora municipal, María Esperanza Cardona Coll, para cumplir la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Balears que ha ordenado la readmisión del anterior interventor, Manuel Velarte Pérez.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJB, presidida por el magistrado menorquín Gabriel Fiol Gomila, ha dictado un auto, al que ha tenido acceso Ultima Hora Menorca, en el que confirma la firmeza adquirida por la sentencia dictada el 27 de junio. Este decisión judicial ordena la readmisión de Manuel Velarte, que había sido despedido por el anterior equipo de gobierno municipal en enero de 2009.

También exige el pago de las retribuciones salariales que ha dejado de percibir desde el despido, que suman 150.000 euros.

La sentencia ha rechazado todos los argumentos y principios invocados por el gobierno municipal formado por PSOE-PSM-EM para despedir al interventor municipal de Maó. No han sido aceptadas las faltas disciplinarias que le fueron atribuidas relativas a que no había atendido sus funciones y falta de rendimiento en su puesto de trabajo.

Manuel Velarte, que ha declinado realizar declaraciones a los medios de comunicación, aguarda su inmediata reincorporación al Ajuntament de Maó. Para ello es necesaria la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior con el cese de la actual interventora y un nuevo nombramiento a favor del anterior interventor.

El caso arrancó en julio de 2008 cuando el entonces alcalde accidental, Vicenç Tur, pidió al interventor un informe urgente para aprobar una subida de las tarifas del agua. Manuel Velarte le contestó que precisaba documentación municipal que nunca llegó a sus manos. precisaba de unos expedientes. Según la sentencia «los responsables municipales se negaban, por desconfianza, a entregar» estos documentos al interventor municipal.

Velarte presentó un informe contrario al aumento. «Desde este informe desfavorable comenzó a existir una relación tensa entre el interventor con el equipo de gobierno municipal», asevera la sentencia. Concluye que el 21 de mayo de 2008 estalló toda esta situación de conflicto y crispación.