Representantes del Consell, los ayuntamientos, los agentes sociales y las asociaciones de inmigrantes fueron informados ayer de las novedades que introduce el Real Decreto 557/2011, de 30 de abril, en materia de extranjería en el transcurso de dos reuniones celebradas en la sede de la Dirección Insular de la Administración General del Estado.
Tras dichos encuentro, a los que también asistieron técnicos de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Servei d'Ocupació de les Illes Balears (SOIB) y del Servicio Público de Empleo (SEPE), el director insular de la Administración, Javier Tejero, explicó que la nueva normativa, que entró en vigor el pasado 30 de junio, introduce cambios en la Ley de Extranjería que afectan a cuestiones como la obtención de los permisos de residencia, la reagrupación familiar o, entre otras, la protección de las mujeres inmigrantes víctimas de la violencia de género.
Así, según señaló el secretario general de la Dirección de la Administración del Estado en la Isla, Javier Bermejo, el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 consta de 266 artículos y 25 disposiciones adicionales frente a los 65 artículos y 18 disposiciones del reglamento vigente hasta ahora.
El nuevo reglamento "aporta criterios más objetivos y deja poco lugar a la duda y la interpretación" afirmó Bermejo, quien considera que la norma será beneficiosa para los extranjeros residentes en España y también para los funcionarios y técnicos encargados de ponerla en práctica, ya que "es muy minuciosa y aportará claridad y seguridad en todos los trámites".
Novedades
El Real Decreto presentado ayer a las administraciones, patronales, sindicatos y técnicos que deben aplicarlo en Menorca ofrece nuevas opciones de reagrupación familiar, como las relativas a los ascendientes menores de 65 años y a las relaciones análogas a la conyugal.
Contempla también la posibilidad de que inmigrantes en paro y con problemas para volver a cotizar, debido a la crisis, puedan renovar su residencia si su cónyuge cumple los requisitos para la reagrupación y tiene solvencia económica. En el caso de tener menores a su cargo, se exige a los padres que tramitan su residencia en España que los niños estén escolarizados para la renovación de los permisos.
El Real Decreto flexibiliza además el catálogo de puestos de difícil cobertura, mediante el cuál los extranjeros pueden entrar en el país con un puesto de trabajo y los empresarios cubrir los empleos para los que no encuentran demandantes en España. Así, si un empresario busca un trabajador para un puesto que no contempla el catálogo y no lo encuentra en las oficinas de empleo -o el que halla no es idóneo-, se podrán emitir informes para permitir la contratación de extranjeros.
El reglamento aumenta la protección de las mujeres inmigrantes víctimas de la violencia de género, ya que, ante la existencia de una orden judicial o un informe del fiscal sobre un caso de maltrato, el Gobierno permitirá a las mujeres inmigrantes obtener los permisos de residencia y de trabajo provisionales, que se harán extensibles a sus hijos -en el caso de que estén en la edad laboral de trabajar-. En cuanto al retorno voluntario, los extranjeros que decidan regresar a sus lugares de origen podrán volver a España, aunque el plazo mínimo fuera del país será de 3 años.
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