El Consorcio de Acantilados del Puerto de Maó y el del Pabellón Deportivo Multifuncional de Maó constituyen la cuota menorquina en el informe elaborado por la Sindicatura de Cuentas de las Illes Baleares sobre determinados entes integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma que presentaron deficiencias significativas en las fiscalizaciones correspondientes al ejercicio 2008.
Las dos entidades consorciadas aparecen concretamente en el apartado de entidades que no rindieron sus cuentas anuales correspondientes en el citado ejercicio, si bien del control efectuado por la Sindicatura no se derivan reparos relativos a una aplicación de recursos a finalidades diferentes de las previstas inicialmente- caso del IBATUR, del INESTUR o de SEMILLA- ni tampoco al incumplimiento de la normativa aplicable en materia de contratación- como sí sucedió en el IBANAT, Palau de Congressos de Palma, S.A. o ILLESPORT-.
El Consorcio de Acantilados del Puerto de Maó, integrado por la CAIB, el Consell y el Ayuntamiento, quedó incluido en el documento fiscalizador pese a la alegación, firmada por Vicenç Tur, relativa al envío telemático de la Cuenta General en fecha 26 de junio de este año, posterior a la realización de los trabajos de control de la Sindicatura.
Igualmente, el del Pabellón Deportivo Multifuncional se mantuvo dentro de la labor fiscalizadora por mucho que desde el mismo, Francisco Perea Villalonga, alegara que la falta de rendición de cuentas obedecía a problemas de implantación del nuevo sistema informático y envío telemático, una razón que ha motivado los retrasos en no pocas entidades locales. En cualquier caso, la alegación venía a confirmar los motivos por los que el ente, integrado, asimismo, por la CAIB, el Consell y el Ayuntamiento, estaba en el informe.
Más allá del incumplimiento de las obligaciones formales, la Sindicatura analizaba las obligaciones reconocidas por la Comunidad Autónoma con estos consorcios, por valor de 115.000 euros en el caso del de Acantilados del Puerto y de 305.000 para el del Pabellón Multifuncional.
Respecto del primero, de la revisión se desprende que se habían registrado las transferencias recibidas como corrientes y de capital por los mismos importes por los que fueron transferidos por la Comunidad Autónoma, aplicándose las cantidades correspondientes a gastos de personal y financieros de los préstamos, así como a la devolución de capital de un préstamo, mientras que en el segundo, las cantidades transferidas sirvieron para pagar el 25 por ciento de los intereses y la amortización del capital del préstamo concertado por el ente para financiar la construcción del pabellón.
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