Quién sabe cómo se desarrollarán los acontecimientos, hay múltiples ramificaciones e interdependencias que colisionan continuamente. Lo que sí está claro es el sufrimiento del pueblo ucraniano y la destrucción de sus ciudades e infraestructuras. Que Dios les ayude.
Mientras tanto, nosotros hemos asistido al parto por decreto ley de una modificación de la ley turística, y sin embargo todavía en gestación, que en Eivissa y Formentera, no cuenta con el aplauso unánime.
Son varias las críticas que se oyen al texto, formas, tiempos y modales aparte.
La moratoria de cuatro años es casi una expropiación, pero, eso sí, sin indemnización a quienes perjudica. Congelan los derechos de empresas y particulares, sin compensación alguna. Y todo ello, mientras las administraciones hacen papeles y estudios sobre la “carga turística”. Asombra esta facilidad para sacrificar los derechos de los demás en el altar de la ideología. Para más escarnio, la “carga turística” no incluye la oferta ilegal, ni la residencial, con lo cual, en estos cuatro años asistiremos a un crecimiento de la oferta residencial, destinada al turismo, o no, (a nivel de consumo de recursos ambientales lo mismo da) mientras la oferta turística “normal” se ve paralizada, y sin posibilidad de crear productos nuevos y atractivos. Todo un acierto.
Otro tema: la obligación de perder un 5% de las plazas turísticas de un establecimiento, si se quiere optar a los beneficios de la “DA 4”. Este acrónimo hace referencia a diferentes regulaciones, que empezarón en tiempos de la consellera menorquina Barceló, y el conseller Nadal de la extinta UM. Para entendernos, son normas que han facilitado realizar inversiones en los establecimientos, sin aumentar ni una sola cama, ni cuna para bebé, con vistas a mejorar su competitividad en los mercados internacionales. Son normas transitorias, que llevan diez años funcionando, con diferentes redacciones. La principal ventaja es que ahorra papeleo, da seguridad jurídica, y permite crear instalaciones de ocio y servicios que mejoran el atractivo del establecimiento. Hasta aquí todo bien, es puro sentido común. Pero ahora, ocurrencia de iluminado/ignorante, te dicen que si lo quieres, tienes que renunciar al 5% de tu capacidad de alojamiento. Es decir, penaliza la mejora muy seriamente. Los ingresos del 5% bien pueden ser hasta el 20% del beneficio final. Un despropósito que dificultará los procesos de modernización. Una pena.
Siguiente asunto: el destino de la recaudación del impuesto turístico. Desde el año 2016 el impuesto se ha venido destinando a lo que los sucesivos Governs han estimado conveniente. No se vendió así el impuesto, pero la ley lo ampara. Lo que no parece coherente es que se regulen unas obligaciones medioambientales adicionales a los establecimientos turísticos (¿somos los únicos que tenemos que cuidar el medioambiente?), y que no se destine un euro de la recaudación del impuesto (pagado casi exclusivamente por nuestros clientes) a financiar el cumplimiento de estas obligaciones. La coherencia y el sentido común, de nuevo aplazados.
Hay observaciones que señalar a la obligación de sustitución de las calderas de gasoil, y a la inacabable burocratización de la actividad empresarial. Cada día hacemos más papeles, más informes, más registros, y todo ello sujeto a la correspondiente sanción, si te retrasas o te equivocas. Quizá porque otros no están sujetos a la misma responsabilidad, en Eivissa llevamos más de 20 años para hacer una depuradora.
Pero no hay espacio para tanta cosa. Únicamente finalizar con el asunto de los pisos turísticos. ¿Hasta cuándo se ha de soportar en Eivissa y Formentera la carestía de la vivienda, mientras se dedican al mercado turístico las viviendas construidas como residenciales? Es el problema número uno de nuestro sector, y de otros. ¿Qué dice la modificación de la ley turística? Ni una palabra.l