La práctica deportiva al aire libre se puede desarrollar en grupos que no excedan las 30 personas y deberá mantenerse un metro y medio entre los practicantes salvo los convivientes. Además, se permite la práctica deportiva individual y modalidades de pareja en las playas.
Las actividades en sala precisarán un mínimo de cuatro metros cuadrados por persona, mientras que en las piscinas se requiere un mínimo de seis metros cuadrados por persona y en pista 25 metros. Para las modalidades de equipo en campos al aire libre se exige un mínimo 100 metros cuadrados y para otros tipos un mínimo de cuatro metros cuadrados por persona.
En las instalaciones deportivas no podrá superarse el 75% de la capacidad máxima de práctica deportiva y tampoco el 75% de la capacidad total del recinto. Las academias de baile han quedado incluidas en esta categoría.
Los responsables de cada recinto deportivo, que deberá extremar la vigilancia en cuanto a ventilación, higiene y limpieza, tendrán que disponer de un protocolo propio que advierta de las normas básicas, establecer un control de acceso y tomar las medidas que garanticen la protección de los usuarios y del personal.
En las piscinas tampoco se puede superar el límite del 75% de la capacidad y cuando se habiliten carriles de entrenamiento quedan prohibidos los adelantamientos entre nadadores
En lo que hace referencia a los entrenamientos deportivos de modalidades colectivas con contacto físico deberán tener un máximo de 30 persones y no se podrá superar el 75% de la capacidad. En pista se fija un máximo de 20 personas sin superar el 75% de la capacidad y se pueden desarrollar otras modalidades de contacto en grupos estables que no superen las diez personas y sin rebasarse el 75% de la capacidad. No se permiten las variaciones en la composición de los grupos de entrenamiento.
Las competiciones pueden reanudarse en el calendario de competición de las federaciones para la temporada 2019-2020 a excepción de los deportes de equipo y deportes de contacto, que deberán solicitar autorización a la conselleria d?Afers Socials i Esports. El resto de competiciones se iniciarán de acuerdo con la temporada 2020-2021 y no antes del 1 de septiembre de 2020.
El período mínimo establecido entre la fase de entrenamiento y el inicio de las competiciones en los deportes de equipo será de un mínimo de 15 días.
Las competiciones podrán tener público con un límite del 75 por ciento de la capacidad de espectadores y con un máximo de 1.000 personas sentadas en las instalaciones al aire libre y 300 personas en las instalaciones cubiertas, donde el uso de mascarilla será obligatorio. También es obligatoria la distancia de un metro y medio entre el público salvo los convivientes. Si no se pudiera garantizar la distancia, los espectadores tendrán que usar mascarilla.
Las citas en las que puedan concurrir más de 150 personas se tendrá que solicitar autorización a la conselleria.
Los organizadores tendrán que realizar protocolos que garanticen las medidas de higiene y el control de acceso y los aforos, mientras que los deportistas deberán declarar que en los últimos 14 días no no han tenido síntomas compatibles con la COVID-19, que no han obtenido un resultado compatible con la presenca de infección activa en una prueba, que no han convivido con casos confirmados y no han tenido un contacto estrecho con enfermos de coronavirus.
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