En el auto consultado por Europa Press, el tribunal estima por unanimidad el recurso presentado por la defensa del futbolista y desestima los de la Fiscalía, que pedía elevar la pena a los 9 años de prisión, y de la acusación particular, que pedía subirla hasta los 12 años.
La sentencia, que ha sido notificada este viernes, señala una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante y precisa que ante «las insuficiencias probatorias» acuerda la revocación de la sentencia, una resolución absolutoria y dejar sin efecto las medidas cautelares adoptadas.
Argumenta que la sentencia de instancia utiliza el término credibilidad como sinónimo de fiabilidad «y no lo es», puesto que la credibilidad responde a una creencia subjetiva, que no se puede contrastar, asociada a quien presta declaración, mientras que la fiabilidad, en cambio, afecta a la declaración en sí misma. Señala que se ha tomado el testimonio de la joven como medio de prueba que, después, para obtener una mayor fiabilidad «necesita de la corroboración», que se produce de la valoración conjunta de todos los elementos probatorios.
Sin embargo, señala que la exposición que realiza el tribunal de instancia en su resolución presenta «vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias», llegando a reconocer que la versión de la denunciante no se corresponde con lo que se observa en las cámaras de seguridad. Así, mientras que la joven manifestó «en todo momento su incomodidad con la conducta del acusado», la grabación del episodio revela una situación bien distinta, reconoció el tribunal de instancia. «Consideramos que la divergencia entre lo relatado por la denunciante y lo realmente sucedido compromete gravemente la fiabilidad de su relato», subraya la Sección de Apelaciones del TSJC.
Según el tribunal, la sentencia de instancia entra en contradicción sobre la forma en la que se produjo la agresión sexual en el interior del baño, dado que primero relaciona una herida en la rodilla de la víctima con una penetración vaginal inconsentida y después con una felación que no da por probada, y que no despeja cómo se produjo la violencia. Además, la Sección de Apelaciones añade que la herida que presentaba en la rodilla «pudo producirse en el pequeño espacio de muchas formas, como admiten todos los forenses y profesionales».
Sobre el consentimiento, la Sección de Apelación argumenta que el tribunal de instancia optó por acogerse a una «creencia subjetiva» de lo que ocurrió en el interior del baño de Sutton limitándose únicamente a que la penetración vaginal fue inconsentida, como sostiene la denunciante.
El tribunal de instancia lo justifica alegando que «puede modificarse el consentimiento para mantener la relación sexual en cualquier momento» y aventura en su resolución posibles razones por las cuales la denunciante ha podido faltar a la verdad para explicar los desajustes en su relato. Sin embargo, la Sección de Apelaciones afea al tribunal de instancia que no explique en su sentencia por qué se puede aceptar para sostener una condena «un relato no verificable con prueba periférica» y con origen en un testimonio que ha resultado ser no fiable en la parte del relato que se puede contrastar.
41 comentarios
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Denunciar es gratis, y no deberia serlo. si no se condena al denunciado, la denunciante deberia ser condenada, al menos en parte con la misma pena solicitada, de este modo bajaria y mucho el trabajo de los juzgados.
Sin dudar de los jueces, sin dudar de la chica, cómo es posible que el sinvergüenza de Alves quede suelto. La ley Irene Montero ha resultado ser una chapuza una vez más y la tipa sigue ahí de eurodiputada. Ánimo pues.
Tiene derecho a indemnización del estado.A ponerle a la chica una denuncia por falsa acusación.A pedir sanciones administrativas a los chapuceros e ignorantes magistrados de que lo condenaron en primera instancia...De nada les servira recurrir la sentencia al Tribunal Supremo ya que no serà admitido el recurso al no poder el TS cambiar una sentencia absolutoria por condenatoria.Esto pasa por la falta de profesionalidad de jueces que sucumben a la presion mediatica y al feminismo mal entendido.Como este está lleno de casos con gente inocente en la carcel y las calumniadoras en la calle disfrutando de la indemnización.
Y ahorá qué? Porque a este señor le han destrozado su vida profesional y personal. Yo empezaría a denunciar por calumnias a todes les bocazas. Igual recupera algo.
Estos son del Barça!
Hay que esperar que poco a poco la judicatura desactive los ataques contra los principios básicos del derecho penal y de no discriminación por razón de sexo, tanto la Constitución como los convenios y tratados sobre derechos humanos, garantizan la no discriminación por razón de sexo, la presunción de inocencia y la exigencia de "prueba de cargo" suficiente para poder condenar. La consigna "yo si te creo" es, por si sola, aberrante en derecho para basar una condena. Entretanto exista un ministerio denominado "de Igualdad", dedicado a promocionar la desigualdad y la discriminación "positiva" en favor de la mitad de la población en los boletines oficiales, no habrá igualdad. Ministerio que sin embargo, curiosamente no es beligerante contra la única discriminación legal que existe vigente hoy en el BOE contra las mujeres y que precisamente está en la Constitución.
Y ahora qué? La "víctima" de rositas, algo funciona mal cuando a una mujer se le cruzan los cables y tú acabas en la cárcel. Algo funciona mal cuando a las que han denunciado de verdad y tienen orden de alejamiento las matan igualmente.
El Feminismo mal interpretado por gente que se hacen llamar politicos,cuantos casos habrá como este.....
Hoy en día te acercas a una tía para decirle hola y te arruinan la vida. Celebro la resolución judicial. No todos los hombres somos malos, ni siempre somos los malos como dicen esas feministas teñidas de morado.
Si vas por el bosque y ves un lobo, evítalo. Si ves un cuadro eléctrico con el aviso de alta tensión, no lo manipules. Si hay un tigre tras unos barrotes, no metas el brazo para acariciarlo. Si un desconocido borracho te invita a seguirle a los baños de un reservado de una discoteca, no vayas. Se llama instinto de conservación y lo tienen todos los animales, incluidos los humanos, aunque en los humanos no siempre.