El entrenador juvenil albinegro, esta pasada temporada.

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El pasado 23 de abril en el partido correspondiente a la jornada 3 de la Copa de Menorca, CD Menorca y CE Alaior, de la categoría juvenil, protagonizaron un altercado de lo más comentado, donde el gran damnificado fue el entrenador alaiorense, Javi Izquierdo, que fue denunciado por presunta agresión por el árbitro, Santi Porqueras.

Meses después, todo se ha resuelto. El juzgado ha declarado a Izquierdo, absuelto en el caso de la denuncia por lesiones presentada por el árbitro. Según relata la sentencia penal, el preparador albinegro queda totalmente absuelto de las denuncias propiciadas al «no existir pruebas de suficiente entidad como para poder desvirtuar el derecho fundamental y el principio de presunción de inocencia en cuanto a la comisión del delito leve de lesiones objeto de denuncia».

Javier Izquierdo negó en todo momento los hechos que se le atribuían y declaró que lo único que hizo fue parar al árbitro, cogiéndole de los brazos cuando lo vio con la mano alzada.

Testigos

Según explica la sentencia, el testigo propuesto por el denunciante no convenció con sus respuestas, contestando prácticamente con monosílabos y con muchas dudas. Finalmente, cuando se le interrogó para que aportara más detalles de lo sucedido, terminó por reconocer que «no vio que Javier Izquierdo empujara al denunciante. Además, alegó no escuchar nada de lo que se decían entre ellos cuando estaba a solo tres metros de ellos».

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Por otra parte, dos jugadores del CE Alaior alegaron que el árbitro se encaró con ellos con malas palabras y que su entrenador lo separó de los jugadores. En la grabación reproducida en el acto de la vista se observa únicamente la acción que ambos futbolistas emiten y «se aprecia como Santiago Porqueras está manteniendo una discusión con uno de los jugadores y en un momento dado se encara y va hacia él levantando ligeramente la mano, y es en ese momento cuando Javier aparta al árbitro».

Según refleja la sentencia, la acción de Izquierdo «no cumple los elementos del tipo de delito leve de lesiones, ya que no se aprecia que la misma haya sido realizada con ánimo de agredir o menoscabar la integridad física del denunciante».

En cuanto a lo ocurrido dentro del túnel de vestuarios y sobre el que no existen imágenes, la valoración del conjunto de declaraciones practicadas en el acto del juicio «no acreditan suficientemente, más allá de toda duda razonable, la comisión del delito leve de lesiones que se atribuye al denunciado».

Por otra parte, tampoco se aprecia que Santiago Porqueras «agrediera o tuviera intención clara de agredir» al jugador del CEAlaior, ya que en la grabación solo se ve como alza la mano, pero «no se puede calificar como acción concluyente», por lo que también se mantiene como absuelto.

Valoración arbitral

Por otro lado, Pau Carbonell, delegado arbitral insular, se mantiene al margen de la absolución de la sentencia civil, y expone que cuando salga definitivamente la sentencia deportiva podrá dar su alegato. Por tanto, el árbitro recuerda que son dos sentencias totalmente independientes, y que de esta manera, la propuesta de sanción deportiva sigue todavía en duda.