El concurso voluntario de acreedores en el que se halla la SAD Menorca Bàsquet desde que éste fuera declarado el pasado 9 de junio por Víctor Fernández González, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de Palma, entra en su fase decisiva. Ésta culminará con la celebración de la junta de acreedores donde debería firmarse el convenio para el pago fraccionado de la deuda, con la quita y los plazos que se acuerden.
Los administradores concursales nombrados por el magistrado, Bartolomé Bover y Alberto Baz, recibieron en el día de ayer las aproximadamente 30 impugnaciones, en su mayoría presentadas por la propia SAD, al informe concursal que ellos presentaron a principios del pasado mes de septiembre, en el que la deuda se elevaba a 6,5 millones de euros. En la última junta de accionistas del Menorca celebrada en noviembre, el consejo situó el débito en 6,9 millones.
Las incidencias reclamadas por la SAD se refieren preferentemente a algunas cuantías que ya habían sido satisfechas al tiempo que se elaboraba este informe, u otros detalles de IVA y que los administradores, en principio, aceptarán. En cambio alguna de ellas, presentadas por exjugadores que incluyen en sus demandas "las penalizaciones económicas muy abusivas" por incumplimientos en los pagos, muy probablemente no serán reconocidas porque la SAD ya se hallaba en concurso cuando tenía que satisfacerlas. Los administradores disponen de un plazo de diez días para contestar a estas impugnaciones y presentarlas ante el juez, que deberá resolver por sentencia en torno a las que los administradores no hayan aprobado.
En ese momento quedará cerrada la denominada fase común del concurso para dar paso a la fase de convenio. Será entonces cuando el juez señalará la fecha para celebrar la junta de acreedores en la que se votará el convenio que la entidad debe presentar 40 días antes ante el juzgado y éste remitirlo a los administradores para que lo evalúen.
Este convenio, con el plan de viabilidad incluido, contará con una valoración no vinculante de los administradores. Es decir que si éstos no lo dan por bueno pero los acreedores lo votan favorablemente, el proceso continuará adelante.
En la junta de acreedores en la que la SAD someterá a su votación el plan establecido, tendrán derecho a voto sólo los créditos ordinarios de la deuda, pero no los subordinados ni los de privilegio general que fueron incluidos en el informe concursal. La suma de los créditos ordinarios alcanzaba los 3.740.000 euros en el informe concursal, suma ésta que podría verse reducida tras las impugnaciones presentadas por la SAD. La de los créditos subordinados es de 334.921 euros, y la de privilegio general, de 2.286.694 euros.
El Menorca precisará del 50,01 por ciento de los votos de la cuantía de la deuda -y no de los acreedores- para poder aprobar este convenio. La propuesta sobre la que la SAD trabaja alcanzaría alrededor del 60 por ciento de la quinta, y un plazo para abonar la deuda entre cinco y ocho años. La Ley concursal establece un plazo máximo de 5 años y una quita máxima del 50 por ciento. Sin embargo en casos especiales por la trascendencia de la sociedad, el juez puede autorizar que estas cifras se incrementen tal y como pretende el Menorca Bàsquet.
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