En total, la Audiencia y el TSJIB aplicaron en 64 casos de delitos sexuales rebajas de condena por la reforma del Código Penal que introdujo la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual. En la mayoría se trataba de asuntos en los que la condena se había aplicado, bien en el mínimo legal o en la mitad inferior, lo que provocaba rebajas en torno a uno o dos años. La Fiscalía discrepaba de ese criterio y recurrió las rebajas.
Aunque tanto el TSJIB como el Supremo han mantenido la mayor parte, hay matices. El tribunal autonómico ya deshizo siete de las rebajas y el Supremo lo ha hecho en cuatro casos. Se trata de supuestos en los que estos tribunales consideran que la pena anterior era más beneficiosa para el acusado y corrigen las resoluciones de la Audiencia. Por ejemplo, el Supremo ha seguido ese criterio sobre un agresor sexual que violó en varias ocasiones a su sobrina con la que convivía en Palma.
Inicialmente se le había condenado a diez años y un día de prisión y, tanto la Audiencia como el TSJIB consideraron que le correspondía una rebaja de un año, hasta los nueve y un día. La Fiscalía alegó que no se había tenido en cuenta un agravante incorporado por el solo sí es sí: el de convivir con la víctima. El Supremo da la razón al Ministerio Público y considera que la nueva norma habría situado la condena mínima por ese asunto en diez años y medio por lo que revoca la rebaja.
Otra que se revoca: Un hombre, condenado a 28 años de prisión en 2009 vio reducida la penalidad a 26: se le impusieron 14 años por dos agresiones sexuales sobre una menor a la que forzó al amenazarla con tirar a su hermano por un barranco y, después a ella, cuando había montado a ambos su coche. Se le habían descontado uno por cada una de ellas. El Supremo da la razón al fiscal. Considera que, como cumpliría 20 años con rebaja o sin ella, no se beneficia de la norma nueva y además tendría que asumir una libertad vigilada.
Lo mismo ocurre con un violador en serie de Son Gotleu condenado por 17 delitos sexuales al que se le dio una rebaja parcial. El Supremo lo descarta: igualmente cumpliría 20 años de cárcel, pero tendría que pasar por inhabilitaciones y libertad vigilada.
Ese es el principal cambio que ha introducido el Supremo en las resoluciones que llegaba desde Balears con rebajas. El Alto Tribunal señala que hay que aplicar la norma en su conjunto y eso incluye una serie de prohibiciones.
La más frecuente es la prohibición en un tiempo equivalente al de la condena para trabajar con menores de edad. En uno de los supuestos más comunes, cuando antes la condena era por el mínimo de seis y ha pasado a cuatro, ese es el margen que se aplica. Otra de las limitaciones es la de ejercer la patria potestad de hijos menores también durante el tiempo que dure la condena. La tercera que incorpora el Tribunal Supremo son medidas de libertad vigilada después del cumplimiento de la pena de prisión.
Punto de vista
Sólo un caso que admite el recurso de un reo
14 comentarios
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MarBoschPor fin una persona sensata, gracias! Esto es así, un puñado de jueces aprovechando para revisar condenas antiguas y rebajar algún que otro mes para dar la culpa a Montero y esto mientras otros países aplauden y copian esta ley por ser innovadora. Y un palo gordo a Sanchez por dejar sola a Irene hasta hacerla pedir perdón, perdón por hacer el bien! No hay derecho
local's onlyque mezcles temas como este, con la inmigración ilegal, donde quien está sobre la gepa es Europa, ya lo dice todo, chaaaapo!
Les rebaixes de les condemnes no són per causa de la llei, són per causa de la "interpretació" que en fan els jutges i la seva obsessió per tombar un govern legítim, i no ho dic jo, ho va dir clarament un jutge del suprem. No ens enganem, "la Toga Nostra" ja mostra molt el "llautó" i exemples en tenim que no aturen: llei del "sí..., llei d'amnístia (la resta d'Europa se'n riu dels "jutges" espanyols...) i podríem seguir. La degradació que fan i han feta, des de fa segles, de la judicatura costarà molt temps arreglar-la. Només recordar una vella dita mallorquina: "Vas més tort que sa justícia".. i no és d'avui.
Por supuesto que cumplan la condena pero los de los eres y catalanes que son santos
local's onlyEn ESPAÑA no hay más fachas que los que llaman fachas a los que no piensan como ellos.💥😂😂
Loly GarciaEn política le aseguro que no tienen ni idea. En desigualdad en cambio si. Así les va. Me alegro por su fracaso.
España se acostó franquista y se levantó franquista, jueces corruptos, policía patriótica... Así que al final los de podemos no hicieron mal las leyes, si no que jueces FACHAS hacen uso del "quien pueda que haga" que dijo Aznar... Y eso da una pista de porqué los jueces sueltan a menas, a violadores y todo lo que pueden, porque así desestabilizan al gobierno, es de manual. Mientras gobierne el PSOE a la mierde españa, que la la levantaremos nosotros, como dijo el pp en una ocasión... Veo comentarios que ni siquiera se han leído la noticia, hay que ser corto, pero sobretodo hay que ser creyente para votar a la derecha española. Creyente de mentiras para justificar el medio, da igual lo que haga falta, matar, etc.
És a dir, els jutges que rebaixaven la condemna per la llei del sí és sí interpretaven la nova llei a la baixa per fer política, lawfare dretà de tota la vida
UNA LEY BIEN HECHA NOS DECÍAN SANCHEZ,MONTERO ,YOLI y DOS MINISTRO DE JUSTICIA...
Loly GarciaEs "ella" o ellas, Pam, la Señora de Galapagar, y compañía .. cosas del neofeminismo...