La extensión prevista ahora afecta, por el momento a bares de copas y restaurantes con más de 20 comensales. | Jaume Morey

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La Fiscalía de Balears ha informado a favor de la extensión en Baleares del pasaporte COVID a restaurantes y bares de copas con espacio para más de cincuenta personas. El Govern ha sometido a ratificación de la Sala de lo Contencioso del TSJIB la exigencia de este certificado más allá de las residencias de mayores y las discotecas, espacios en los que ya estaba en vigor. En este caso, no se esperan sobresaltos con la ratificación de la medida por parte de los magistrados. La decisión del Tribunal Supremo el pasado miércoles de admitir el pasaporte para el País Vasco y otra sentencia previa sobre Galicia allanan el camino. Hasta ahora, el vasco había sido el único caso en el que el tribunal superior correspondiente había rechazado la implantación del certificado en plena subida de contagios. Sin embargo, el Supremo admitió el recurso presentado por el gobierno autonómico y considera que esta exigencia es proporcional y que estaba justificada.

«La medida de exhibición de determinados documentos para la entrada en establecimientos en los que se produce una gran afluencia de personas, como los de ocio nocturno, resulta adecuada y acorde con las exigencias derivadas de protección de la salud», señala el Alto Tribunal en sus resoluciones sobre esta exigencia. La Fiscalía de Baleares ha resuelto en base a esta doctrina que la exigencia del pasaporte no vulnera los derechos a la igualdad ni a la intimidad, dado que no hay datos que se almacenen y se permite que obtengan el documento tanto personas vacunadas como sin inmunizar, previo test negativo.

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La resolución del TSJIB se espera que se produzca este jueves por la mañana. Hasta ahora, el organismo se ha pronunciado en dos autos diferentes sobre el pasaporte, uno antes de que el Supremo fijara postura y otro después. En la primera ocasión, en el mes de agosto se rechazó su implantación en grandes eventos deportivos y culturales y sólo se autorizó para el acceso a residencias de mayores, medida que se ha prorrogado desde entonces.

Hace un mes el tribunal resolvió a favor del pasaporte para discotecas y otros locales de ocio nocturno. En ese caso ya se habían producido las resoluciones del Alto Tribunal y la medida se aprobó por unanimidad de la Sala de lo Contencioso. Entonces consideró que se trataba de una medida proporcionada y justificada que suponía la única manera de permitir la apertura de este tipo de establecimientos. Esta medida se aplica desde el pasado ocho de octubre en los grandes locales nocturnos que sí han abierto sus puertas. La extensión prevista ahora afecta, por el momento a bares de copas y restaurantes con más de 50 comensales.