La consellera de Salut, Patricia Gómez.

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El Consell de Govern ha autorizado este lunes a la consellera de Salut, Patricia Gómez, ha adoptar una serie de restricciones en las zonas o municipios concretos de las Islas más afectados por la COVID-19 con la finalidad de frenar los contagios.

La portavoz del Govern, Pilar Costa, ha explicado que se trata de restricciones totales o parciales de la libre entrada y salida de personas en una zona concreta, a menos que haya motivos justificados, tales como ir a trabajar, al colegio, etc.

Las restricciones que adopte la titular de Salut, en base a la situación epidemiológica, tendrán una vigencia máxima inicial de 15 días naturales, aunque se podrán prorrogar si así lo requiere el número de contagios de coronavirus.

En concreto, Gómez podrá aprobar limitaciones de la circulación por las vías y los espacios de uso público, y la permanencia en los mismos. Limitaciones o prohibiciones específicas de contactos y reuniones sociales fuera del grupo de convivencia habitual.

También podrá acordar la suspensión o limitación de la capacidad, los horarios y los tipos de actividad de establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, así como de establecimientos de restauración.

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También podrá suspender o limitar la capacidad y horarios de actividad de los lugares de culto, así como la suspensión de fiestas, atracciones de feria, fiestas populares, actividades culturales y deportivas.

Del mismo modo, podrá determinar la suspensión o limitación de actividades en academias, autoescuelas, centros de enseñanzas no regladas y centros de formación.

La suspensión o limitación de actividades en centros y de prestaciones en materia de servicios sociales, así como en el régimen de visitas y salidas a los servicios sociales de tipo residencial son otras de las limitaciones que se contemplan.

Al igual que la suspensión o limitación de otros eventos y actividades de carácter multitudinario que puedan ocasionar aglomeraciones de personas.

Cabe precisar que las resoluciones no excluirán la aplicación en el ámbito territorial a que hagan referencia de las medidas que se establecen en el 'Plan de medidas excepcionales de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19', una vez superada la fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, aprobado mediante acuerdo del Consell de Govern el 19 de junio de 2020, en todo aquello en que no sean incompatibles con las específicamente establecidas por la resolución.