La mayoría de casos son por no inscribir en el registro las viviendas vacías de los grandes tenedores o no vivir habitualmente en una Vivienda de Protección Oficial (VPO) que una persona tiene en propiedad.
Según ha informado la Conselleria en un comunicado, la tarea inspectora se ha podido llevar a cabo en 2019 con la creación del Cuerpo de Inspección previsto en la Ley de Vivienda de Baleares, que en estos momentos está integrado por 11 personas, entre inspectores, instructores y personal administrativo de apoyo.
A los grandes tenedores se les han impuesto 16 sanciones que suman multas por valor de 240.000 euros por no haber inscrito las viviendas vacías en el registro obligado. También hay expedientes para no colaborar -a pesar de haber inscrito las viviendas- o para no comunicar cambios de titularidad o disposición de las mencionadas viviendas, entre otros.
La Conselleria ha destacado también cinco sanciones impuestas a los grandes tenedores para no pagar los gastos de la comunidad de propietarios a fincas donde tienen pisos vacíos, con un total de 75.000 euros de sanción.
Respecto a los propietarios de VPO, se han impuesto 25 sanciones que suman 750.000 euros por no vivir en la vivienda de manera permanente. Hay casos en que la VPO -que por ley tiene que ser el domicilio habitual- era empleada como segunda vivienda u otras en que se alquilaba sin entrar en los supuestos autorizados por ley.
Se dan también casos en que la vivienda, además, se alquila por un precio superior al que se autoriza. Hay que destacar, por ejemplo, el caso de una VPO que se alquilaba por 3.000 euros y a ocho personas. En este caso, el expediente se ha seguido no justo por lucro indebido sino también por 'infravivienda'.
También se han detectado casos en que se hace publicidad para alquilar una VPO sin indicar la condición y por lo tanto sin respetar los límites de precios que impone la administración.
Respecto a los propietarios en general (no exclusivamente VPO o grandes tenedores) se han impuesto también sanciones por no depositar fianzas de alquiler (un total de diez) por parte de propietarios (de todo tipo de vivienda) y también por casos de 'infravivienda'. Por ejemplo, se ha descubierto un caso en que se alquilaba como vivienda el sótano de un restaurante.
Por casos de 'infravivienda' se han impuesto cinco sanciones muy graves. Tres de ellas a particulares (90.000 euros en total) y dos a titulares de VPO con una sanción de 60.000 euros a cada uno.
El resto, hasta los 1.745.000 euros en sanciones, se completa con expedientes por otras cuestiones menos habituales (como hacer algún tipo de actividad profesional no autorizada a una VPO) o «temas menores», según la Conselleria.
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