Ese trámite de admisión no quiere decir que se le vaya a dar la razón, pero sí que es un primer filtro con el que la Sala de lo Civil del Supremo es extremadamente estricto. De hecho, la gran mayoría de recursos que llegan son inadmitidos directamente.
Huertas planteó la existencia de una vulneración de sus derechos fundamentales y que se produjeron irregularidades en la forma en la que se tramitó su expulsión del partido, que también llevó aparejada su marcha de la presidencia del Parlament.
Las dos instancias judiciales de Mallorca consideraron demostrado que la entonces diputada del grupo de Podemos condicionó su voto a favor de los presupuestos en el Parlament a que se solucionara el convenio con su compañero de partido, el científico Daniel Bachiller y que manifestó que votaría que no. De ahí derivó la sanción.
Huertas negó en el juicio que se tratara de una amenaza a pesar de lo que constaban en los chats de la formación y a eso se remitieron las sentencias. En el mismo sentido también se rechazó que las manifestaciones de Huertas estuvieran amparadas por la libertad de expresión. La magistrada consideró que es la «manifestación externa de una decisión», no la trasmisión de una idea u opinión.
Una vez admitido a trámite el recurso las partes aún tienen que informar al respecto por lo que no será un procedimiento breve y todavía tardará meses en existir una resolución firme. En una situación similar se encontraba la diputada Montse Seijas.
1 comentario
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
Eso demuestra lo cabezones que son los podemitas, eso es por que algo pienaa enbolsarse sino que tanto interés tiene en mantener el puesto.