La enfermera sancionada estaba de guardia en urgencias de Son Espases.

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Un niño de siete años con la arteria femoral seccionada por completo ingresa en el servicio de urgencias de Son Espases. Es un paciente crítico, con riesgo de morir desangrado. Una enfermera se niega a hacer el triaje del paciente porque, según declaran varios testigos, ese día a ella no le tocaba. A la que sí le correspondía ese día esa función, en ese momento intentaba taponar la herida del menor. A la enfermera se le aplicó una sanción grave por parte del IB Salut que ahora ha sido confirmada por la Sala de lo Contencioso del TSJB y que supone tres meses de suspensión de empleo y sueldo.

El tribunal deja claro en su sentencia que la actuación de la enfermera, «no solo implica incumplimiento de las más elementales reglas de funcionamiento adecuado y correcto del servicio sanitario, sino que escapa de la lógica y del sentido común, ante la situación de urgencia extrema de atención sanitaria que precisaba un niño de corta edad aquejado de una hemorragia con riesgo vital».

La enfermera sancionada argumentaba que ella sí intentó hacer el triaje del paciente pero que, en ese momento, los datos del niño no estaban incorporados al sistema informático. Este relato fue descartado tanto por el juez de lo Contencioso que revisó en primera instancia la sanción como ahora por el TSJB. En el juicio declaró parte del equipo que estaba ese día e incidieron en que hubo una negativa por su parte con el argumento de que no era su función.
En el procedimiento judicial se señala que la enfermera no ha aportado ninguna prueba de ese supuesto problema con el ordenador. Otro de sus argumentos que se descartan en la apelación es que, en ese momento atendía a otros pacientes y que quien le indicó que tenía que llevar a cabo el triaje era una auxiliar de enfermería, «y ella es enfermera».