El anteproyecto busca dar «máxima seguridad jurídica», define las líneas básicas de regulación del suelo (incluido el rústico) y pretende «acabar con todo aquello que se ha gestado ilegalmente e impedir la reclasificación como suelo urbano de los asentamientos en el medio rural o la amnistía de las edificaciones fuera de ordenación en suelo rústico», ha informado el ejecutivo en una nota.
El texto, que se remitirá al Parlament para iniciar su tramitación, fija también «procesos controlados y tasados» para «problemas enquistados como los núcleos rurales o los falsos urbanos».
Para promover la sostenibilidad del territorio, da prioridad a la reutilización del suelo urbano para evitar el uso de nuevo suelo y articula instrumentos de control administrativo y económico para combatir la especulación.
Promueve además una disciplina urbanística efectiva tanto para garantizar el cumplimiento de las sanciones y las demoliciones, como para actuar como elemento preventivo y disuasorio de comportamientos irregulares «tanto entre los particulares como entre los responsables públicos, por acción u omisión».
La nueva norma mejora la preservación de suelos especialmente protegidos (ANEI, ARIP y áreas de protección territorial APT costeras), dando competencia a los consells y a sus oficinas de disciplina para actuar. El importe de las sanciones es para los ayuntamientos.
La norma divide el planeamiento urbanístico tradicional en dos figuras: El plan general, que regula los aspectos más estructurales, limitando el contenido a la escala macro, las infraestructuras, dotaciones generales y usos globales; y el plan de ordenación detallado, que determina la ordenación de carácter más flexible en el tiempo sobre forma urbana, tipologías y usos detallados.
Los municipios de más de 10.000 habitantes podrán aprobar estos planes de ordenación.
El anteproyecto promueve la reutilización del suelo con medidas como la rehabilitación, la puesta en el mercado de suelo urbano vacante y renovación y regeneración de tejido urbano.
La norma determina que las plusvalías generadas por los cambios de clasificación, calificación o rentabilidad de usos que resulten superiores a «un beneficio razonable» tendrán que repercutir en la administración.
Los convenios de planeamiento urbanístico, que han sido fuente de conflictos y en ocasiones han derivado en indemnizaciones importantes, se podrán llevar a cabo, «pero con estrictas medidas de control y transparencia con el objetivo de evitar situaciones anómalas como exigencias de responsabilidades económicas a los ayuntamientos por incumplimiento de los convenios».
La Ley prevé la obligación de las administraciones de tener un registro de su patrimonio de suelo público y que los planes generales reserven un 30 % de edificabilidad residencial a vivienda protegida, con más densidad de viviendas (sin aumentar la edificabilidad) hasta un máximo de 75 viviendas por hectárea tanto en suelos urbanizables como urbanos.
La norma modifica las sanciones por obras e instalaciones ilegales en suelo urbano o urbanizable, con multas de entre el 50 y el 70 % del valor de la obra ejecutada si su uso está permitido y del 75 al 100 % si no lo está.
Por obras e instalaciones en suelo rústico, la multa será de hasta el 300 % del valor si es un uso prohibido, y del 150 al 300 % si es autorizado.
Se simplifican las ejecuciones de órdenes de demolición, que quedan exentas de licencia urbanística previa: se presentará el proyecto y si el ayuntamiento no dice nada en un plazo de un mes, se iniciará el plazo para ejecutar.
El plazo para la ejecución subsidiaria por parte de la administración se amplía a 15 años.
Consells y agencias urbanísticas tendrán competencia también para imponer multas coercitivas en demoliciones.
Se fijan responsabilidades para las autoridades y cargos públicos que, «con conocimiento de causa y teniendo posibilidad de impedirlo, permitan la indisciplina urbanística».
La ley regula los núcleos rurales como una categoría especial del suelo rústico, identifica los asentamientos irregulares en rústico, los delimita e impide su ampliación.
La Ley da un año a los ayuntamientos para resolver la situación de los llamados «falsos urbanos» y fija que su desclasificación no puede generar ninguna indemnización.
7 comentarios
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Los Ricos pueden comprar las fincas y casas rurales sin mas compran un predio un chalet donde les place etc,etc,los que que llevan toda una vida para comprarse una tanca no pueden hacer nada.malamente vamos.
Que poca categoría.Venden un cami de cavalls sin ningún servicio.
Si no fueran tan septarios, tendrían que ordenar , para proteger al sufrido ciudadano, que los gasto e indemnizaciones de los contenciosos perdidos por la mala práctica de políticos y técnicos implicados, fueran sufragados por los causantes a cargo de sus ingresos. Haber si así habría leyes más justas. PARA TODOS.!!
Los políticos además de putear a los ciudadanos nos puentean aún más según lo amiguete que seas, a qué partido político pertenezcas y si eres o no del país, MENORCA con estos políticos es solo una Iisla partidista y mezquina, o sea solo para LOS menorquines que MANDAN Y SUS AMIGUETES.
Mirad: ninguno de los que sale en la foto tiene la más puñetera idea de lo que es, URBANISMO, si también incluyo al Sr. Pons, y no digamos al Sr. Nel. Cada Gobierno que entra, quiere organizar Baleares Y LO QUE HACEIS ES VOLVER LOCOS A LOS TÉCNICOS Y A LOS CIUDADANOS. Porque no promulgáis un ley que a las dos semanas de entrar proyecto ya cuenten con licencias?, o como mínimo tengan respuestas?. Que si miráis la Directiva Europea al respecto a lo mejor encontráis que no la cumplís Fijaos como estáis. Y NO SOY TECNICO, SI CIUDADANO sin posesiones pero cabreado, por tanto manoseo.
Que dejen repara los edificio en rustico posteriores a 1956. Que dejen edificar en rustico viviendas como en todo Mallorca. Que en Menorca nos morimos de hambre, se podrian crear muchos puestos de trabajo, pero los políticos lo tienen todo prohibido. Claro ellos cobran a final de mes y los demás que se apañen. El consorcio solo sabe putear a los ciudadanos, una verguenza. No los votaremos mas.
Otra ley urbanística que seguro provocará infinidad de indemnizaciones.