Fotografía de archivo de la infanta Cristina, a su llegada a los juzgados de Palma, el 8 de febrero de 2014.

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La infanta Cristina pide su absolución en el caso Nóos argumentando que no tuvo «tiempo, ni capacidad, ni motivos» para intervenir en la gestión de la sociedad Aizoon que compartía con su esposo, Iñaki Urdangarin, por lo que se limitó a «rubricar sin pedir explicaciones» dada su «confianza» en él.

En su escrito de defensa, presentado hoy en el juzgado de Palma y al que ha tenido acceso Efe, los letrados de la infanta mantienen que ésta siempre permaneció «al margen de la dirección y gestión cotidiana» de la sociedad Aizoon mediante la que el matrimonio presuntamente defraudó a Hacienda, y añade que la hermana del Rey solo tiene «conocimientos mínimos de fiscalidad».

El juez José Castro ha enviado a juicio a la infanta por dos presuntos delitos fiscales cometidos a través de la sociedad Aizoon, con la que gestionaba su patrimonio junto a su esposo Iñaki Urdangarin, aunque la Fiscalía solo la considera partícipe a título lucrativo del supuesto desvío de fondos del Instituto Nóos.

En su escrito, los abogados de la infanta, Miquel Roca y Jesús María Silva, niegan que la acusación particular ejercida por Manos Limpias esté legitimada para mantener cargos contra ella -sin que lo haga la Fiscalía- y asumen los argumentos de la defensa de Urdangarin de que no hubo delito contra la Hacienda Pública a través de Aizoon, por no haberse superado los 120.000 euros defraudados.

En el caso de que se acreditara dicho fraude, la defensa de la infanta niega su responsabilidad como cooperadora necesaria alegando que «no tuvo absolutamente ninguna intervención en el cumplimiento de las obligaciones contables y fiscales de Aizoon, tareas de las que se ocupaba en exclusiva» su esposo, único administrador de la sociedad, o los profesionales en que había delegado esas funciones.

Según la defensa, dado que la «confianza entre los cónyuges» era plena, «nunca se celebraron formalmente juntas de socios y doña Cristina se limitó a rubricar sin pedir explicaciones aquellos escritos que, muy ocasionalmente, se le solicitó que firmara en su condición de socio».

«Mas en particular, siempre ignoró si, y en su caso cuáles, algunos gastos propios o familiares eran atribuidos a Aizoon, de qué manera eran procesados desde un punto de vista fiscal y, en fin, si dicho tratamiento era o no jurídicamente correcto», añade el escrito de defensa.

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Para sus abogados, resulta «perfectamente plausible» la hipótesis que la infanta esgrimió ante el juez de que «no tuviera tiempo, ni capacidad, ni motivos para inquirir sobre la gestión de Aizoon», por lo que no hay indicios para sostener que doña Cristina fuera «ni remotamente consciente» de que su esposo podía estar delinquiendo.

Cuando sucedieron los hechos, insiste el escrito, la infanta era «madre de cuatro hijos de muy corta edad, en tanto que miembro de la familia real colaboraba con las actividades institucionales propias de la Casa de Su Majestad el Rey y, además, prestaba sus servicios profesionales para una fundación dedicada a la cooperación internacional».

«Tan intensa vida personal, institucional y profesional impedía a doña Cristina estar al corriente de múltiples gestiones directamente vinculadas con la economía familiar», aduce el escrito, que recalca que, «en ese escenario, Aizoon desempeñaba un papel absolutamente marginal, al que ella ni dedicaba ni podía dedicar la menor atención».

En opinión de los abogados, «si algo ha quedado acreditado a lo largo de la instrucción es que doña Cristina solo cuenta con unos conocimientos mínimos de fiscalidad», como lo demuestra el hecho de que nunca ha cumplimentado personalmente sus declaraciones del IRPF.

Según los letrados de la infanta, su trabajo en La Caixa no presupone que tenga nociones financieras, ya que está relacionado con la cooperación internacional y no con el negocio bancario, ni cabe inferir de su licenciatura en Ciencias Políticas «razón alguna para atribuirle especiales conocimientos en material fiscal».

El escrito se queja de las «draconianas medidas cautelares pecuniarias» adoptadas por el juez contra la infanta y plantea que, en caso de condena, se le aplique una atenuante muy calificada de reparación del daño por los 587.413,58 euros que aportó al juzgado, en concepto de la responsabilidad civil a título lucrativo que solicita para ella la Fiscalía.

«Todo ello, sin que el abono de las cantidades reseñadas supusiera el reconocimiento de ningún tipo de infracción consciente propia o ajena de normas jurídico-penales», precisa el escrito.