Las ovaciones, el ruido, aplausos y música provocaban vibraciones en la estructura del plató y se producía la caída de polvillo cristalino sobre las cámaras, el ciclorama y el público, que exigía su limpieza. | T.V.

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La magistrada del Juzgado de lo Social número 2 de Madrid reconoce que la pensión de viudedad de la esposa de José María Íñigo deriva de enfermedad profesional debido a la exposición del conocido presentador al amianto durante su relación laboral con RTVE.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe este martes, admite a trámite la demanda de los herederos de Íñigo y señala que existen «elementos sólidos» para afirmar que el fallecimiento del presentador, que tuvo lugar en 2018, fue consecuencia de la exposición al amianto durante la primera etapa de su relación profesional con RTVE en la que prestó servicios en el Estudio 1, entre los años 1975, 1976, 1978 a 1981 y 1982 a 1985.

La exposición a ese mineral utilizado en la construcción, según el fallo, conllevó que desarrollase con posterioridad y dentro del periodo de latencia un mesotelioma maligno pleural, un tumor canceroso poco común con una relación «muy importante» con la exposición al amianto, del que fue diagnosticado en 2016, y que fue la causa de la muerte.

El proceso lo inició el propio José María Íñigo antes de fallecer y lo continuó su familia que presentó una demanda contra la Corporación de Radio y Televisión Española, Mutua Fraternidad Muprespa, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Sociedad Española de Radiodifusión S. A.

Como recuerda el fallo, Íñigo trabajó en los programas de RTVE «Directísimo», «Fantástico» o «Estudio Abierto», entre otros, que se grabaron en el Estudio 1 de Prado del Rey.

Según la sentencia, una gran parte de los edificios de ese complejo se edificó en los años 70 y 80 y se recurrió a un aislamiento de amianto para su acondicionamiento acústico. Con posterioridad, ese material se consideró agente cancerígeno, por lo que ya desde 1986 RTVE emprendió su retirada.

La variedad de amianto utilizada en el Estudio 1 pertenece al grupo de materiales friables, que puede ser disgregado o reducido a polvo con la sola acción de la mano. Estos materiales, según el fallo, son susceptibles de liberar fibras como consecuencia de choques, vibraciones o movimiento de aire.

Las ovaciones, el ruido, aplausos y música provocaban vibraciones en la estructura del plató y se producía la caída de polvillo cristalino sobre las cámaras, el ciclorama y el público, que exigía su limpieza.

En los años 2003 y 2005 se toman muestras ambientales que si bien no superaban los límites de exposición ambiental, concluyeron con la necesidad de desamiantar.
En 2011, RTVE acordó desamiantar varios edificios, entre ellos el estudio 1, 2 y 3, y derribar otros.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe la interposición de un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ de Madrid.