La respuesta es sí. Esto se debe a que los sorteos que ya han realizado los ayuntamientos (el plazo finalizó el pasado 15 de mayo) son aleatorios y todos los electores pueden ser elegidos (salvo excepciones como la edad y la formación). No obstante, la ley electoral contempla la posibilidad de presentar alegaciones y entre las 23 principales justificaciones que admite se incluye «haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años». Es decir, si desde 2014 ha participado ya en tres ocasiones en una mesa electoral, puede solicitar al exención a la Junta Electoral.
Es muy importante tener en cuenta que en el caso de cumplir con estos requisitos, los electores deben presentar las alegaciones en tiempo y forma. De lo contrario, la petición no tendría validez alguna. Los impedimentos y excusas justificadas se señalan en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la LOREG, sobre impedimentos y excusas justificadas. La Junta resuelve estos recursos en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente. Si posteriormente cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo a la Junta de Zona, al menos 72 horas antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes. Las personas que no se presenten a la mesa electoral que les corresponde el día de la votación, el próximo 9 de junio, podrían enfrentarse a una «pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses», según la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
¿Quiénes pueden ser miembro de las mesas electorales?
En el sorteo de las mesas entran todos los ciudadanos censados en la sección electoral correspondiente que tengan menos de 70 años y sepan leer y escribir. No obstante, a partir de los 65 podrán renunciar en el plazo máximo de siete días desde que reciban la notificación. Cabe precisar que el presidente debe tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de Graduado Escolar o equivalente. Por su parte, no pueden formar parte de las mesas los electores que cumplan 18 años entre la formación de las listas de votantes y la votación. Tampoco pueden hacerlo los que formen parte de alguna candidatura electoral.
6 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
SobrasadaBasadaTe acuerdas que decían LADRONES DE GUANTE BLANCO, no he sabido nunca que significaba, la estatua que representa la justicia tiene un ojo tapado, pues al país que no pase del 65 por ciento de votos yo lo echaba de la comunidad europea, para subve
A los que les toque Mesa... se van a aburrir. O sea se vota en unas elecciones Europeas, a la que se presentan "calienta-sillones" que no conoces de nada, no van a hacer nada y encima van a cobrar un pastón. Me quedaré en el sofá.
Yo no participó en este circo.....
3 meses de carcel por no presentarte a la mesa ? Y por tener 20 antecedentes por robos no no?
Pues si y si te toca tres veces te puedes llevar la mesa a tu casa y la urna vacía como papelera
Según la ley el sorteo es aleatorio. Soy español, mayor de edad, con estudios secundarios, no incapacitado legalmente y nunca me ha tocado en las más de 20 convocatorias electorales que ha habido desde que cumplí los 18 años pero tengo conocidos a los que les ha tocado hasta 4 veces. No es que tenga interés en pasarme un domingo en un colegio electoral pero estos casos pueden ser motivo para pensar que en los pueblos donde toda la gente se conoce el sorteo no se efectúe o que está manipulado y que hay personas que, aunque cumplan los requisitos, previamenye han sido descartadas o que en primera instancia les ha tocado y han sido ignoradas.