El anteproyecto de Ley de transparencia e integridad en las actividades de los grupos de interés, que ha recibido hoy el visto bueno del Gobierno en primera vuelta, regula las relaciones entre estos grupos y los altos cargos de la administración general del Estado y el sector público. Recoge en concreto qué se considera actividad de influencia, que el texto describe como toda comunicación directa o indirecta con el personal público con la finalidad de influir o intervenir en la toma de decisiones públicas en el momento de diseño o ejecución de proyectos normativos.
Se trata, ha añadido la ministra, de toda actividad que un grupo desarrolla para tratar de influir de manera legítima en los responsables públicos a la hora de elaborar una ley. No se considera lobby las relaciones que las propias administraciones públicas tienen entre sí, con los organismos públicos, las organizaciones internacionales públicas (como ONU o Unicef) o autoridades públicas extranjeras, las organizaciones empresariales o sindicatos, los partidos políticos y los colegios profesionales. Uno de los puntos nucleares del anteproyecto es la creación de un registro de grupos de interés de la administración general del Estado que va a garantizar la «transparencia» sobre el conjunto de actividades que desarrolla cada grupo y que estará disponible en el portal de transparencia y en la web de la oficina de conflicto de intereses.
Los datos más relevantes que estarán registrados para el control de estos grupos van desde la sede y domicilio hasta las reuniones que se mantienen con el personal público de la administración general del Estado (altos cargos o funcionarios que participan en la elaboración diseño de las normas), pasando por la información sobre los ámbitos de interés o la información financiera (indicando de forma expresa la parte imputable a la actividad de influencia). El proyecto normativo establece además que los no inscritos en el registro no podrán reunirse con personal público para ejercer esas actividades de influencia y que los anotados en el mismo tienen que cumplir con un código de conducta que prohíbe ofrecer regalos o favores a los responsables públicos.
Junto a todo ello, el anteproyecto busca combatir las puertas giratorias al establecer que un alto cargo público no podrá realizar actividades de lobby en materias relacionadas con su competencias a lo largo de los dos años siguientes al cese de su cargo. La ministra ha explicado además que, para garantizar una mayor transparencia, las actividades de estos grupos de presión que influyen en un proyecto normativo quedarán reflejadas en la memoria de impacto de la misma, con lo que se crea una huella que permitirá en cada ley saber quienes y en qué momento han participado a la hora de elaborarla. En cuanto al régimen sancionador, el anteproyecto indica que determinadas infracciones podrán suponer la expulsión del registro hasta tres años, lo que conlleva la imposibilidad de concurrir en la elaboración de normas.
3 comentarios
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un alto cargo público no podrá realizar actividades de lobby en materias relacionadas con SU competencias Vale....Entiendo que: Si no es ALTO CARGO DE INDUSTRIA,TURISMO Y ENERGIA....NO podrá ir a las ELECTRICAS....si a cualquier otra actividad ¿TODOS LOS DEMAS SI? ¿ALTO CARGO ES MINISTRO? Pues si es así....no vale ni la tinta gastada. A ver los dogs me lo oueden aclarar?
Jajajajajaja Aquesta és bona