La sala del Tribunal Supremo que ha avalado la decisión del Gobierno de exhumar los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos ha contestado este miércoles a la familia Franco, que le había solicitado que aclarara un aspecto concreto de su resolución, que no procede explicar nada porque «la sentencia es clara».
Afirma también que es el único órgano que puede revisar decisiones del Consejo de Ministros, lo que puede interpretarse en relación con el litigio que mantiene abierto el juez de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, José Yusty Bastarreche, por la supuesta ilegalidad del proyecto de obra presentado por Patrimonio Nacional para sacar los restos del dictador.
La familia Franco solicitaba concretamente que se aclarara el fallo de la sentencia en el sentido de que, en el caso de no otorgarse por la Comunidad Benedictina la autorización eclesiástica por el acceso, conocer si dicha autorización «puede ser suplida por una autorización judicial indicando, en su caso, el órgano judicial competente».
Como respuesta a esta petición, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo han hecho público un auto de 4 páginas en el que señalan que, efectivamente, el acuerdo del Consejo de Ministros del 15 de marzo de 2019 -cuya parte dispositiva reproduce la sentencia- dice que «se solicitará la correspondiente autorización eclesiástica».
Y lo hace, añaden los magistrados del alto tribunal, «porque con anterioridad había sido denegada por el Prior Administrador la que se había pedido», según también recoge la sentencia hecha pública el lunes 30 de septiembre.
También reproduce la sentencia los términos de la negativa «que no fue absoluta sino condicionada al o que resolviera esta Sala». Por ello, y como la sentencia avaló la legalidad de los acuerdos del Consejo de Ministros, «tiene por decaída esa denegación».
Por otra parte, añaden que «a ningún otro órgano judicial distinto de esta Sala corresponde conocer de las actuaciones del Consejo de Ministros, según establece el artículo 12.1 de la Ley de Jurisdicción y 58 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ni tampoco sobre la ejecución de la sentencia dictada que ellos dictaron sobre este asunto, según señala el artículo 103.1 de la Ley de Jurisdicción.
Una vez resuelta esta cuestión aún está pendiente que la Sala levante suspensión cautelar sobre el decreto del Ejecutivo que aún pesa sobre tres recursos aún no resueltos: el de las fundaciones Franco y en Defensa del Valle y de los Benedictinos.
Está previsto que este asunto sea resuelto mañana, según han señalado a Europa Press fuentes de la Sala. Tras ello quedará solventada de forma definitiva el expediente judicial, que será entonces remitido al Consejo de Ministros permitiendo que éste pueda ejecutar su decisión y sacar del Valle los restos del dictador.
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